Manuel Salazar, presidente de la Confederación Deportiva Panameña (Confedepa) y de la Asociación Panameña de Patinaje, presentó un recurso de reconsideración contra las resoluciones 043-2022 y la 063-2022 expedidas por el Consejo Nacional de la Actividad Física, el Deporte y la Recreación de Pandeportes.
Este recurso tiene que ver con el reglamento de elecciones de las federaciones y asociaciones deportivas, que en principio debía iniciarse el 15 de diciembre, pero con base en la Ley 38 de 2000 que regula el procedimiento administrativo, dichas resoluciones quedan suspendidas, hasta tanto se resuelva el recurso interpuesto.
A juicio de Salazar se advierten aspectos ilegales en los artículos 10, 33, 34 y 35, donde se deja abierta la posibilidad para que, a través de los estatutos de ciertas federaciones, intervenga el Tribunal de Arbitraje Deportivo (Tadpan) que usurpa y se abroga funciones que las leyes nacionales solo le otorgan esa facultad a Pandeportes.
En su recurso de reconsideración, Salazar manifestó que el Tadpan no tiene fundamento legal.
Alegó que incluso el Tadpan interviene y decide controversias que por ley solo las puede resolver el Instituto Panameño de Deportes.
Explicó el recurrente que el artículo 1 de la ley de Pandeportes indica que esta institución es el máximo organismo del deporte, lo que lo constituye una entidad de Derecho Público con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía en su régimen interno.
Agrega que con esto, lo que se pretendía con las dos resoluciones antes mencionadas, lo que se pretendía es vía de los estatutos de las federaciones, convalidar una ilegalidad, al permitir que intervenga en el proceso electoral 2022-2026, un organismo que no tiene vida jurídica en Panamá.
Se espera que el Consejo Nacional de Pandeportes se reúna para resolver ese recurso.
Explicó Salazar que de ser necesario se llevará este reclamo a la Corte Suprema de Justicia, para pedir la suspensión de esas resoluciones.
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