El "día libre" decretado por el presidente Juan Carlos Varela genera descontento entre empresarios y trabajadores, amenazas de demandas legales y evidencia un error del Ministerio de Trabajo en cuanto a la figura legal invocada y el recargo que se debe pagar.
Luego de que Panamá clasificó al Mundial de Rusia, Varela, en medio de la euforia, anunció que el miércoles 11 de octubre sería un "día de fiesta nacional" para los sectores privado y público.
Consecuente con este anuncio, el ministro de Trabajo, Luis Ernesto Carles, afirmó el miércoles que las empresas debían pagar a los empleados que trabajaron ese día un recargo de 150% como estable el Código de Trabajo en su artículo 49.
No obstante, el Decreto 69, emitido por Varela, no habla de "día de fiesta nacional", como estipula el Código de Trabajo, sino de "día libre" y Carles cambió después su versión original para afirmar que el recargo a pagar debe ser de 50% y no 150%, como dijo inicialmente.
Un Carles evidentemente inseguro evitó contestar las preguntas de por qué se establece "día libre" y no de "fiesta nacional", cuál es el fundamento de derecho adoptado y por qué se pagaría 50% y no 150%.
Las variaciones de Varela y Carles han motivado disgusto en los sectores empresarial y obrero. Eduardo Gil, dirigente de Convergencia Sindical, señaló que las declaraciones de Carles son el resultado de la presión empresarial.
"No es legal que el ministro Carles establezca ahora un pago, ya que el Código de Trabajo es claro en que un día de fiesta nacional decretado por el Ejecutivo debe ser pagado con los recargos establecidos", manifestó.
Gil anunció que el Consejo de Delegados del Consejo Nacional de Trabajadores Organizados (Conato) se reunirá este lunes para decidir las acciones que tomarán contra las empresas que no apliquen los recargos correspondientes y Carles por extralimitación de sus funciones al intentar reformar el Código de Trabajo mediante una opinión.
Explicó que el Código de Trabajo no habla de "día libre", sino de "descanso semanal", y lo que puede decretar el Ejecutivo es día de fiesta o duelo nacional.
De acuerdo con el artículo 51 del Código de Trabajo, las empresas que cometan alguna infracción serán sancionadas con multas de entre $25 y $200.
"Los políticos deben reflexionar con mayor tranquilidad antes de anunciar medidas populistas que después tienen consecuencias y que no quieren asumir. El presidente tomó esa decisión en horas de la madrugada, entonces debe asumir las consecuencias legales de la medida", dijo.
Mientras, el abogado de derecho laboral, Candelario Santana, indicó que el error fundamental en el decreto fue hablar de "día libre", lo que creó un vacío.
Lo correcto era precisar que se trataba de una fiesta o duelo nacional, por lo que el ministro y el presidente no pueden estar por encima del Código, señaló.
Añadió que los empresarios tienen que pagar el recargo como un día de fiesta nacional.
En tanto, Héctor Cotes, presidente de la Asociación Panameña de Ejecutivos de Empresa (Apede), indicó que las decisiones que se toman en el calor de un juego pueden generar o tener vacíos legales y crear confusión.
Por su parte, Severo Sousa, presidente del Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep), manifestó que la improvisación por parte del Gobierno afectó al sector.
Le recomienda a Varela que anuncie con anticipación este tipo de medidas para no perjudicar la economía que está en desaceleración.
Según los empresarios, el "día libre" representó en compensación salarial unos 500 mil dólares.
Datos
49 artículo del Código de Trabajo que establece que el trabajador que labora en día de fiesta nacional se le pagará un recargo de 150%.
$500 mil en compensación tendrán que desembolsar los empresarios por el día libre trabajado.
