Advierten a empresas acatar orden de suspensión del cobro por soterramiento

La Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) advierte a los concesionarios de servicios de telecomunicaciones a cumplir con la resolución AN No. 9585 que dejó sin efecto, a partir del 28 de enero, el cobro de la tasa para cubrir los costos de soterramiento del cableado.

La entidad indicó que cualquier suma facturada a los clientes que haya sido cobrada con posterioridad al 28 de enero de 2016, deberá ser acreditada en la próxima factura, correspondiente a su ciclo de facturación.

La advertencia se da luego que la el Pleno de la Corte Suprema de Justicia emitiera copia autenticada de la resolución que declara inconstitucional el cobro de la tasa.

 
El proyecto de soterramiento del cableado presentan un avance del 19% correspondiente en el sector eléctrico (vigas subterráneas)  y 35% en el sector de telecomunicaciones, según la ASEP.

Durante el régimen tarifario del periodo comprendido entre el 2010-2014, la ASEP aprobó a la empresa distribuidora EDEMET la ejecución del proyecto soterrado por un valor de $18.8 millones para los cables eléctricos del área bancaria.

Indica que la inversión hasta la fecha en el sector de telecomunicaciones es de 1,5 millones de un total de 10.1 millones recaudados hasta el mes de noviembre de 2015.

 
 


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Viernes 5 de junio de 2026