La Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) advierte a los concesionarios de servicios de telecomunicaciones a cumplir con la resolución AN No. 9585 que dejó sin efecto, a partir del 28 de enero, el cobro de la tasa para cubrir los costos de soterramiento del cableado.
La entidad indicó que cualquier suma facturada a los clientes que haya sido cobrada con posterioridad al 28 de enero de 2016, deberá ser acreditada en la próxima factura, correspondiente a su ciclo de facturación. La advertencia se da luego que la el Pleno de la Corte Suprema de Justicia emitiera copia autenticada de la resolución que declara inconstitucional el cobro de la tasa.Advierten a empresas acatar orden de suspensión del cobro por soterramiento