Clientes de financieras y casas de empeño deben cumplir requisitos para acogerse a la moratoria

Los clientes de Financieras y casas de empeño pueden presentar cosultas, quejas o reclamos  a través de los correos quejas-empresasfinancieras@mici.gob.pa o solicitudes-empresas financieras@mici.gob.pa.

El Ministerio de Comercio e Industrias informó  que también pueden presentar personalmente sus quejas ante la Dirección General de Empresas Financieras, ubicada en el quinto piso del edificio Edison Center, solo requiere  copia del contrato y de la cédula o pasaporte.

De igual forma, indica que para acogerse a la moratoria que establexce la Ley 156 de 30 de junio de 2020 deben acreditar el estado de incapacidad o insolvencia para el pago de los compromisos, presentando ante las financieras una declaración jurada en papel simple o ante notario.

 

También debe presentar carta de despido, suspensión de contrato de trabajo o disminución de la jornada de trabajo, según sea el caso.

Para acogerse a la moratoria  ante las casas de empeños de acuerdo a lo que establece el Decreto Ejecutivo 155 de 27 de mayo de 2020, los clientes deben completar un formulario que estas empresas les facilitarán para tal fin.

El Mici también indica que es necesario que los clientes cumplan  con los procedimientos antes descritos, para poder acogerse a la moratoria establecida producto de la pandemia.

 

"El Ministerio de Comercio e Industrias velará que una vez vencido el periodo de moratoria las partes lleguen de común acuerdo a establecer mecanismos para hacerle frente a las obligaciones y no por decisión de una de éstas", según un comunicado.

Para este año, se tiene previsto que la tasa de desempleo aumente a un 25%.

VEA TAMBIÉN:Economistas: bancos no dieron la solidaridad debida

 

Además la economía panameña caerá un 10% por la pandemia.


Categoría
Redactor
Contenido Premium
0
fecha edicion
old id
1173604
Fecha y hora de publicación

Edición Impresa

Lunes 15 de junio de 2026