La Superintendencia de Bancos ordenó prorrogar la reorganización de BALBOA BANK & TRUST, CORP.,

Este periodo podrá ser anticipado o prorrogado por la Superintendencia, según dispone el numeral 3 del artículo 142 de la Ley Bancaria.


 

La Superintendencia de Bancos de Panamá mediante la Resolución SBP-0058-2017 de 12 de abril de 2017, ordenó prorrogar por un periodo de 30 días la Reorganización de BALBOA BANK & TRUST, CORP., a partir de las dos y treinta pasado meridiano (2:30 p.m.) del sábado quince (15) de abril de dos mil diecisiete (2017). 

 

 
Este periodo podrá ser anticipado o prorrogado por la Superintendencia, según dispone el numeral 3 del artículo 142 de la Ley Bancaria.

 

La medida adoptada de extender el período se basa en la recomendación del reorganizador, de modo que se permita más tiempo para evaluar la viabilidad o no de nuevas alternativas y seguir el proceso de negociación en marcha, todo en conformidad con lo que establece la Ley Bancaria.

 
 

Actualmente, se cuenta con una alternativa de compra con una opción que está enmarcada dentro de determinadas condiciones que tendrían que ser aceptadas por los depositantes del Banco, consentimiento que, a la fecha, ha logrado en un porcentaje significativo de avance.

 

 
En las últimas semanas se dieron reuniones, acercamientos y se manejaron fórmulas alternas de venta.

 

 En ese sentido, el reorganizador ha recibido una expresión de interés de un grupo de depositantes para la compra de acciones del Banco, tal como detalla un comunicado de la Superintendencia de Bancos.

 
 

Explica que dicho planteamiento requiere ser sustentado, desde el punto de vista legal, operacional y financiero, teniéndose presente la debida diligencia requerida y otras disposiciones legales.

 

La Superintendencia de Bancos de Panamá recomienda a la comunidad atender sólo las comunicaciones oficiales emitidas por esta institución y hacer caso omiso a cualquier rumor infundado que pueda encontrarse circulando o sea publicado en las redes sociales u otros medios. 

 

"Recordamos que quien divulgue noticias falsas que pongan en peligro la economía nacional o el crédito público incurre en hecho punible, según lo dispuesto en el Artículo 260 del Código Penal", destacó.


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Autor
Redacción/@PanamaAmerica
Fecha y hora de publicación