La Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social de la Asamblea Nacional le dio primer debate al Proyecto de Ley 574, por el cual se crea el escalafón para todos los médicos veterinarios que laboran en el país.
La profesión de veterinaria es de las pocas carreras universitarias que están relacionadas con el bienestar humano en todas sus facetas, entre ellas, producción de alimentos, salud animal, salud pública, medio ambiente, control de alimentos para consumo humano, bioseguridad y zoo terapia que contribuye grandemente la salud mental de las personas.
El presidente de la Asociación de Médicos Veterinarios, José Rolando Torres, expresó que como gremio están positivos, ya que se lograron algunas modificaciones consensuadas para poder que estos profesionales puedan servir al Estado a través de la gran responsabilidad que tienen.
Destacó Torres que con esta ley se les está reconociendo a los médicos veterinarios el largo trabajo que han hecho durante más de 40 años por el país y sobre todo, se está reconociendo que son una carrera médica y que tienen la responsabilidad de salvaguardar la salud el país.
Este escalafón se fija en base a los años de servicio al Estado o a la empresa privada, que garantizará la estabilidad a los médicos veterinarios en el cargo dentro de la institución o empresa donde se desempeñan.
EL presidente de la comisión, José Luis Castillo, indicó que es tiempo de darles el reconocimiento a estos profesionales que tienen en sus manos una gran responsabilidad ante la sociedad panameña.
Indica que actualmente la facultad de medicina veterinaria está graduando a 30 estudiantes por año y del exterior son aproximadamente 25.
Mientras que los que laboran en entidades del Estado suman 300 médicos veterinarios. En total en Panamá hay 1150 médicos veterinarios idóneos.
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El proyecto establece que los dos años de internado se aplicará a los médicos veterinarios recién egresados una vez entre en vigencia la presente ley.
Indica además que el escalafón consta de categorías que representan los años de servicio e indican la posición del médico dentro del escalafón.
Dentro de la categoría IV establece cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 1 de la ley 3 de 11 de enero de 1983. Mientras que la categoría III se adiciona tres años de servicio y cumplir con las normas establecidas en concordancia con el artículo 10 de la Ley 40 de 10 de diciembre de 2014.
Por su parte, la categoría II establece cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 1 de la ley 3 de 11 de enero de 1983 más seis años de servicio y cumplir con las normativas establecidas en concordancia con el artículo 10 de la Ley 40 .
Por su parte la categoría I indica cumplir con los requisitos anteriores.
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Autor
Redacción/@PanamaAmerica
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