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El Confabulario – 12 de octubre de 2013

Antonio Pérez M. (antonio.perez@epasa.com) / PANAMA AMERICA

Normas

  • Cargos públicos
  • El numeral 2 del artículo 133 de la Constitución Política de Panamá establece que el ejercicio de los derechos ciudadanos se suspende por pena conforme a la ley.
  • Indultos presidenciales
  • El artículo 184 de la Carta Magna estipula que el indulto es una atribución que ejerce el presidente de la República, con la participación del ministro respectivo.
  • Numeral
  • Según el numeral 12 del citado artículo, el mandatario puede decretar indultos por delitos políticos, rebajar penas y conceder libertad condicional.
  • Procuradora
  • Ana Matilde Gómez, en 2010, fue inhabilitada de ejercer cargos públicos por cuatro años.

Con la sentencia impuesta a Balbina Herrera, por parte del Juzgado Primero Municipal de Panamá, la excandidata presidencial no podría ocupar cargos públicos en los próximos seis años.

Así lo establece la sentencia número 54, fechada el 10 de octubre de 2013, la cual lleva la firma de la juez ponente Yorlenni Fruto.

La sentencia establece que Herrara será condenada a tres años de prisión e inhabilitación de funciones por tres años, sin embargo, esta última pena corre posterior a que cumpla los años de prisión.

Esto quiere decir que igualmente mientras la activista política del Partido Revolucionario Democrático (PRD) está pagando la sentencia de prisión, pierde sus derechos de ciudadanía, tal como lo establece el artículo 133 de la Constitución Política de Panamá.

La juez falló en derecho al analizar los argumentos de las partes y valorar las pruebas presentadas por la personería, la querella y el equipo de defensores de Balbina Herrera.

Una de las pruebas a las que se hace alusión en el fallo ha sido la presentación de 67 correos electrónicos sacados de la correspondencia privada del presidente de la República, Ricardo Martinelli, y que fue dado a conocer en un medio televisivo de audiencia nacional por la política.

Al ser consultado, Jaime Montero, abogado querellante en este proceso, destacó que entre las pruebas que se aportaron estaban las declaraciones públicas hechas por la propia Herrera y los abogados defensores que confesaban el hecho de haber revelado públicamente los correos del presidente Ricardo Martinelli.

“Aquí no se estaba poniendo a juicio el fondo de los correos, sino la forma como se hizo público, lo que se convierte en una abierta violación al Código Penal”, destacó el abogado.

La audiencia de Balbina Herrera se realizó el viernes 4 de octubre. Las partes presentaron sus argumentos y en ese momento la juez Fruto se acogió al término que establece la ley.

La defensa de Balbina Herrera anunció que el lunes se va a presentar al despacho del Juzgado Primero Municipal para notificarse de la sentencia.

El abogado de Herrera, Rodolfo Pinzón, indicó que existe la posibilidad de apelar; pero hasta el momento no se puede confirmar porque se desconoce el contenido del fallo.

Por su parte, el presidente de la República, Ricardo Martinelli, reiteró que va a indultar a la activista del opositor PRD en caso de ser sentenciada.

Balbina Herrera cuestionó el fallo de la juez Yorlenni Fruto argumentado que se trata de una decisión política.



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Miércoles 5 de agosto de 2026