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El Confabulario – 26 de agosto de 2012

Luis C. Aguilar V. (luis.aguilar@epasa.com) / PANAMA AMERICA

Ante las denuncias presentadas por el uso inapropiado de propagandas políticas, los magistrados del Tribunal Electoral (TE) decretaron nuevas reglas para la contratación de publicidad electoral.

Según la nueva norma, establecida en la modificación del Decreto 27 del 12 de diciembre de 2008, solo podrán contratar propaganda política los candidatos o precandidatos para su propia publicidad o en contra de sus adversarios.

También podrán contratar propaganda electoral los partidos políticos para apoyar a sus candidatos o en contra de los adversarios de sus candidatos. Similar contratación la podrán efectuar las organizaciones no gubernamentales con personería jurídica que se hayan inscrito en el Tribunal Electoral, para ser autorizadas a comprar propaganda política.

La norma establece que toda persona que solicite la compra de una propaganda política deberá entregar al medio de comunicación una declaración jurada que tenga el nombre completo, número de cédula y copia de la misma, dirección y correo electrónico. Añade que el nombre del candidato que compra una publicidad contra su adversario debe aparecer al final de la misma.



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