El Confabulario
El Confabulario – 28 de julio de 2013
Diferencias
- Actual: Artículo 239 Código Procesal Penal
- Prohibición de traslado: La detención provisional debe cumplirse en el centro penitenciario de la provincia o del distrito donde se cometió el delito. En consecuencia, ningún diputado aprehendido podrá ser trasladado a centros penitenciarios fuera de la sede del tribunal competente, a menos que este lo acepte.
- Propuesta: Articulo 239A
- La prohibición de traslado de los detenidos provisionalmente a que se refiere el artículo anterior se podrá hacer en un lugar distinto y no se cumplirá en un centro penitenciario de la provincia o del distrito donde se cometió el delito si se trata de delitos contra la seguridad colectiva y delitos contra la humanidad, blanqueo de capitales, delitos de trata de personas, tráfico ilícito de migrantes y delitos conexos”.
El proyecto de ley 060-13, que adiciona el artículo 2146 al Código Judicial – Libro Tercero – Procedimiento Penal y adiciona el artículo 239-A al Código Procesal Penal sobre el lugar de cumplimiento hacia donde se trasladan los imputados de un delito cuando se dicte una detención preventiva, ha provocado rechazo por parte de abogados penalistas.
La iniciativa aprobada al Ministerio de Seguridad Pública en días pasados por el Consejo de Gabinete plantea que: “La prohibición del traslado de los detenidos provisionalmente a que se refiere el artículo anterior se podrá hacer en un lugar distinto y no se cumplirá en un centro penitenciario de la provincia o del distrito donde se cometió el delito si se trata de delitos contra la seguridad colectiva y delitos contra la humanidad, blanqueo de capitales, delitos de trata de personas, tráfico ilícito de migrantes y delitos conexos”.
Durante la sustentación de este proyecto de ley, el fiscal auxiliar, Marcelino Aguilar, explicó que la iniciativa busca neutralizar a los delincuentes que desde la cárcel continúan cometiendo fechorías, planificando hechos delictivos. Es una manera de control sobre jefes de pandillas o personas de alto perfil vinculados, por ejemplo, a narcotráfico, blanqueo de capitales, respetando sus derechos humanos.
Para el abogado penalista Benito Mojica, este cambio no modificará la situación, sino más bien trasladará el problema a otras provincias. “Se trasladará a un delincuente de alto perfil a una cárcel donde tal vez no existan reos de peligrosidad, contaminando así al resto”, dijo. Agregó que dicha medida acarrearía una inversión en materia de traslado y seguridad.