El Confabulario
El Confabulario – 29 de octubre de 2013
Datos
- Condiciones
- Unos 76,231 adultos mayores, sin jubilación ni pensión, en condiciones de riesgo social, vulnerabilidad, marginación y pobreza, pertenecen al programa 100 a los 70, de los cuales el 42.4% son hombres y el 57.6% son mujeres.
- Cifras
- De acuerdo al Ministerio de Economía, la indigencia urbana se redujo de 3.4% en 2011 a 2.9% en 2012, mientras que la rural disminuyó de 26.6% a 24.3%. La pobreza en 2011 ascendía al 15.3% y se redujo a 12.6%.
La Comisión de Salud, Trabajo y Desarrollo Social de la Asamblea Nacional aprobó ayer en primer debate el proyecto que modifica la Ley 86 sobre el programa 100 a los 70 del Ministerio de Desarrollo Social (Mides).
Con la aprobación de esta propuesta, que fue entregada a la Asamblea de manos del ministro Guillermo Ferrufino, el proyecto cambiará de nombre a 120 a los 70.
La reforma a la ley de subsidios para personas mayores de setenta años que no cuentan con una jubilación consiste en un aumento de 20 dólares mensuales para beneficiar a unas 90,000 personas que están inscritas.
De acuerdo con Jéssica Pérez, directora del programa, quien estuvo presente en representación del Mides, la modificación era necesaria porque los resultados que ha hallado la institución reflejan mejor calidad de vida para los beneficiarios.
“Hemos ayudado en su parte integral emotiva. Hemos ayudado a aumentar la esperanza de vida y han cumplido con la corresponsabilidad que dicta la ley”, expresó Pérez.
Agregó que el Gobierno Nacional sigue priorizando proyectos para mejorar el bienestar de la sociedad, específicamente, atacando la indigencia y la pobreza, en vista de que el auge económico de Panamá, complementado con los programas sociales vigentes como 100 a los 70, entre otros, han contribuido a reducir esos males extremos en el país.
La reforma a la Ley 86 solo se mantiene en el monto de pago mensual del subsidio y en el título de su nombre, sin embargo, en el resto del articulado se mantiene vigente.
El subsidio hasta hoy tiene los mismos requisitos, dirigidos a personas mayores de 70 años que no gocen de una pensión o jubilación por parte de empresa nacional o extranjera. El subsidio se otorga de manera mensual y es inembargable, esto quiere decir que no es objeto de descuentos, y tampoco es transferible, y solo puede cesar de otorgarse si el beneficiario incumple con los requisitos o tras su fallecimiento.
El proyecto de ley pasa a segundo debate, en cuya agenda se espera que la Junta Directiva de la Asamblea lo incluya debido a que se termina el tiempo de las sesiones ordinarias.