El Confabulario
El Confabulario – 30 de diciembre de 2012
El efecto suspensivo
- Cuando se da una condena y el imputado aplica recursos legales o apelaciones, la inhabilitación queda en efecto suspensivo. Osea, se suspende toda la medida hasta tanto se revise lo actuado por quien emitió la condena.
La exmagistrada de la Corte Suprema de Justicia Esmeralda de Troitiño fue tajante al señalar que existe una justicia selectiva en la Corte. “Esto no se llama mora, eso es el tema de no resolver. Hay una justicia selectiva, como yo lo he señalado en otras ocasiones”, dijo.
En el caso de los diputados, criticó la promulgación de la Ley 55 de blindaje, en que se restableció la “prueba sumaria” al momento de presentar una denuncia.
“Esa ley les representa a los diputados una protección y una de las cosas que realmente simboliza el combate contra la corrupción es la garantía de que las investigaciones se realicen a fondo y que los funcionarios públicos, sin importar su jerarquía, sean condenados”, advirtió Troitiño.
Juristas consultados coincidieron en lo difícil que es acusar a un funcionario de alto perfil, debido a la “prueba sumaria”.
“Para que admitan una querella es algo excepcional porque no les gusta investigar a funcionarios de altos cargos”, admitió una fuente.