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El Confabulario – 7 de noviembre de 2013

Antonio Pérez M. (antonio.perez@epasa.com) / PANAMA AMERICA

Datos

  • 5 días tiene la parte querellante para presentar la apelación en este proceso.
  • 4 años de prisión es la pena máxima que establece el Código Penal en estos casos.

El exlegislador Manuel De La Hoz apelará ante la resolución del Juzgado Cuarto Municipal de lo Penal, que decretó sobreseimiento provisional en favor del expresidente de la República Ernesto Pérez Balladares, en el caso del delito de inviolabilidad de la intimidad.

Se trata de un auto resolutorio que emitió el juzgado, el cual establece que no hubo indicios suficientes para sentenciar al expresidente Pérez Balladares por las acusaciones presentadas por Manuel De La Hoz.

Para la abogada Ritzel De La Hoz, quien representa a la parte querellante en este proceso, la decisión del juzgado demuestra que no se basaron en las pruebas presentadas en la audiencia.

Dijo que presentará la formal apelación ante el Segundo Tribunal Superior para la próxima semana, tomando en cuenta que el término que otorga el Código Judicial es de cinco días.

Para la abogada de De La Hoz, el juez de la causa no se basó en las pruebas presentadas en la audiencia, al considerar que se consiguió aportar los suficientes elementos para lograr una condena.

Entre las pruebas presentadas por la parte querellante en este proceso está una serie de recortes de periódicos en los que salen a relucir declaraciones del expresidente Pérez Balladares, en las que reconoce haber grabado las conversaciones con el exlegislador De La Hoz. El proceso surge luego de que el exlegislador Manuel De La Hoz acusara al exmandatario Pérez Balladares de haber grabado cuando conversaban sobre el tema de soborno del caso Cemis, que denunció el diputado Carlos Afú.



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Martes 4 de agosto de 2026