Centros educativos deberán vender comida saludable en el 2018

A partir del 5 de marzo, cuando se inicie el periodo lectivo de 2018, los centros educativos de básica general y media de todo el país deberán garantizar oficialmente la calidad de los alimentos que se preparan y expenden en sus instalaciones para prevenir las enfermedades provocadas por el consumo de alimentos no saludables.

Los centros tendrán que acatar las exigencias contempladas en la Ley N.°75 del 15 de noviembre de 2017 y en el Resuelto N.°3623 que dictan medidas para una alimentación adecuada en los centros educativos.

Definen y clasifican quioscos y cafeterías en los centros educativos

 

Se trata de una serie de medidas que se han venido discutiendo durante años anteriores y que serán puestas en práctica cuando comiencen las clases este año.

La directora nacional de Nutrición y Salud Escolar del Ministerio de Educación (Meduca), Flavia Fontes, dijo que aún en las zonas externas a los planteles no se han terminado de establecer las prohibiciones, como por ejemplo, que a 100 metros de los centros educativos no haya presencia de vendedores ambulantes u otros quioscos, porque ese elemento le corresponde a los municipios.

Para solucionarlo, hay una reunión pendiente sobre el tema con las autoridades municipales, para que, según Fontes, estén vigilantes y no otorguen permisos que permitan la apertura de estos quioscos.

 

De acuerdo con la Ley 75 que establece medidas para promover la alimentación adecuada y estilo de vida saludable en los centros educativos, el Meduca y el Ministerio de Salud (Minsa) velarán por el cumplimiento de la oferta alimentaria en los quioscos y cafeterías de las escuelas.

Así mismo, deberán garantizar que los centros cuenten con agua apta para el consumo humano y vigilarán la publicidad, promoción y patrocinio de alimentos tipo comercial dentro de los centros educativos.

Los directores de estos centros también tienen responsabilidades, entre ellas, mantener las condiciones adecuadas.

 


Definen y clasifican quioscos y cafeterías en los centros educativos

Para hacer efectivas las medidas de alimentación saludable escolar, las autoridades han establecido categorías para definir y clasificar los quioscos o cafeterías dentro de estos centros educativos. 

 

De acuerdo al Resuelto N.°3623 se han clasificado los quioscos en tipo A, aquellos que no cuentan con conexión interna de agua, ni fregador, ni área de preparación de alimentos. Este tipo de establecimiento solo puede vender frutas frescas en unidad con cáscara y alimentos preenvasados listos para el consumo, según la guía para la oferta de alimentos saludables.

Así mismo, hay quioscos tipo B, que cuentan con conexión interna de agua apta para el consumo humano, fregador doble conectado a un sistema de aguas residuales, entre otras especificaciones. Estos quioscos, a diferencia de los antes mencionados, podrán ofertar alimentos de mínima preparación en el local o por planta o fábrica que cuente con permiso.

Y finalmente, las cafeterías que deberán contar con menús.

32 alimentos conforman la lista de los recomendados para la oferta en los centros educativos de todo el país.

3 de cada diez escolares presentaron sobrepeso y obesidad, según encuesta de niveles de vida.


Categoría
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1093090
autor
Mellibeth González | megonzalez@epasa.com | @GonzalezCalvo23
Fecha y hora de publicación

Edición Impresa

Jueves 30 de julio de 2026

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