Defensa de Martinelli apela negación de prescripción en caso de indultos

En este caso que se le sigue al exmandatario, quien actúa como juez de garantías es el magistrado José Ayú Prado. Víctor Arosemena
En este caso que se le sigue al exmandatario, quien actúa como juez de garantías es el magistrado José Ayú Prado. Víctor Arosemena

La defensa del expresidente de la República Ricardo Martinelli apeló la decisión del magistrado José Ayú Prado de rechazar la solicitud de decretar la prescripción del caso indultos que se le sigue al exmandatario.

El abogado Sidney Sittón indicó que el pasado 13 de octubre de 2017 el magistrado de garantías, Ayú Prado, ni siquiera quiso entrar a resolver el fondo de la petición hecha por la defensa y la rechazó sin entrar a analizar el fondo de la misma.

Sittón indicó que en esta ocasión lo hace nuevamente porque el pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) así lo obligó y "con esto lo que les quiero decir es que en este caso lo que queda es recurrir la decisión por segunda vez".

 

Luego de esta decisión, el abogado señaló que el pleno de la Corte debe decidir quién es el que tiene la razón, pero esta vez sí de fondo y no de forma como en la ocasión anterior.

"Cuando el 13 de octubre de 2017 el magistrado profirió su decisión de que Martinelli tenía que estar presente para poder entrar a valorar una solicitud de prescripción, nosotros estábamos seguros de que esto no podía ser, la ley no te pone cortapisas en cuanto a si el imputado está o no; eso no existe y, por eso apelamos, y el pleno nos dio la razón", señaló el jurista.

Ayú Prado también se negó a declarar la extinción de la acción penal contra el exmandatario, u ordenar el archivo del expediente, producto de indultos concedidos al final de su administración en 2014.

 

El magistrado manifestó que para conocer cuándo se inicia el conteo del plazo del término de prescripción de la acción penal es necesario que antes se califiquen los hechos investigados, para determinar si los mismos constituyen o no un delito; sin embargo, todavía no se ha podido llegar a la imputación.

Señaló, además, que de acuerdo al principio de separación de poderes, el magistrado de garantías no es quien debe señalar cuál es el plazo de prescripción del delito, sea cual sea mencionado en la decisión de admisión, cuando no hay calificación de los hechos investigados, lo cual es facultad exclusiva del magistrado fiscal cuando formule imputación.

El juez de garantías explicó que la declaración de rebeldía que pesa sobre el expresidente, hace indiscutible la suspensión del plazo de prescripción de la acción penal.

 

Cabe señalar que la investigación en curso a Martinelli obedece a dos decretos ejecutivos fechados el 24 y 30 de junio del 2014, donde el expresidente otorga indultos a un grupo de privados de libertad, beneficiando a algunos detenidos por delitos como delincuencia organizada y homicidio agravado.

Los indultos fueron revocados a través de otro decreto presidencial del 14 de agosto de 2014.

En esta audiencia realizada en la Sala de Casación del Palacio de Justicia Gil Ponce, que inició a las 9:02 a.m. y concluyó a las 2:08 p.m., luego de un receso de más de tres horas, participó el magistrado fiscal, Abel Augusto Zamorano, y por parte de la defensa técnica, el abogado Sidney Sittón.

 



Este acto de audiencia fue dispuesto por el pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), en audiencia celebrada el pasado 11 de diciembre de 2017, para tratar la apelación de la solicitud de prescripción de la acción penal peticionada previamente en audiencia celebrada el día 13 de octubre de ese año, por la defensa técnica y que fuese negada por el magistrado de garantías, luego de considerar dicha petición extemporánea.

Al inicio del acto de audiencia, la defensa técnica del expresidente de la República hizo entrega al magistrado de garantías, José Ayú Prado, de una nota de puño y letra del diputado del Parlacen, Ricardo Martinelli, en la cual se daba por notificado de la audiencia del día de ayer y reitera que dicho caso está prescrito.


Categoría
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1093600
autor
Luis Miguel Avila | luis.avila@epasa.com | @lavila15
Fecha y hora de publicación

Edición Impresa

Jueves 30 de julio de 2026

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