Destituidos y presos podrían quedar los funcionarios que violen una resolución que declara de "acceso restringido" la información que brinden las empresas o sus empleados para la confección de los salvoconductos por la pandemia de COVID-19.
La Resolución 34 de 24 de abril de 2020 del Ministerio de Comercio e Industrias establece la reserva de esta información y la penalización a quienes violen la noma.
Plantea que dicha información deberá ser remitida a la Policía Nacional para que esta pueda fiscalizar el uso que le dan los ciudadanos a este documento.
El funcionario que viole el carácter restringido de esta información será sancionado de forma disciplinaria, sin exceptuar la posibilidad de que sean destituidos o denunciados penalmente.
La reserva de la información se hace en base a lo que consagra la Constitución Nacional sobre el derecho a la intimidad.
Agrega que considera "riesgoso" que esta información se haga pública, sin los controles necesarios.