Con el prohijamiento de la "muerte civil" por parte de la Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional (AN), los diputados tienen el reto de analizar a profundidad la propuesta que surgió por iniciativa ciudadana, sobre todo cuando, de acuerdo con juristas, este tipo de medidas ya existen en Panamá.
Tomando el panorama anterior, la reciente iniciativa de "muerte civil" podría generar discordancias, según abogados, pues ya hay regulaciones que incluyen sanciones para quienes malversan fondos del Estado.
Al ser consultada al respecto, la abogada Edna Ramos explicó que la Constitución Nacional establece que las leyes orgánicas, entre las cuales se encuentran las que modifican los códigos nacionales, solo pueden tener iniciativa por una comisión permanente, por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) o por el Órgano Ejecutivo.
"Con esa iniciativa legislativa de participación ciudadana, no procede eso en cuanto a la forma", detalló. Ramos. Argumentó que en ese caso se tendría que analizar la iniciativa por separado, y no se podrían agregar elementos de la "muerte civil" a lo que ya está establecido, porque las sanciones derivadas de los delitos o conductas tipificadas en el Código Penal, no pueden ser penalizadas sino es por el Código Penal.
"Prevalecería la más reciente, pero no es específica, y lo único que haría es generar contradicciones (la 'muerte civil') porque ya está regulado". Según el magistrado de Cuentas, Alberto Cigarruista, la "muerte civil" ya existe en el artículo 1088 del Código Fiscal.
Datos
3 anteproyectos prohijó la Comisión de Gobierno de la Asamblea, entre ellos, la “muerte civil”.
10 de enero fue la fecha en que se presentó la iniciativa ciudadana de “muerte civil” a la Asamblea.