La extradición desde Estados Unidos del expresidente Ricardo Martinelli no procede porque él no está ni condenado ni imputado en Panamá, afirmó hoy su defensa.
"El Código Procesal Penal solo permite la extradición de un condenado o imputado de delito. Ricardo Martinelli Berrocal no es condenado ni imputado. Es sólo una persona investigada no vinculada al proceso formalmente", explicó la defensa de exgobernante en un escrito difundido este viernes.
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) inició trámite en diciembre pasado para la detención preventiva de Martinelli, quien se encuentra en Miami (EE.UU.), y el pasado 26 de mayo solicitó a la Cancillería que pidiera su extradición.
Solicitud de extradición
La Cancillería ha explicado que revisa la solicitud de extradición enviada por la Corte junto con las autoridades estadounidenses para asegurar que "cumple con lo establecido y requerido".
La defensa de Martinelli aseveró en el escrito difundido este viernes que la petición de extradición "no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 546 del Código Procesal Penal, por lo cual debe ser denegada" por la Cancillería, "atendiendo los deberes que le impone la Convención Americana sobre Derechos Humanos y su jurisprudencia a toda autoridad que haga trámites administrativos".
Argumentó que "la petición de extradición se pide dentro de un proceso nulo porque se acusó sin formulación de imputación previamente".
"El artículo 5 del Código Procesal Penal, en desarrollo de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, dice que 'sin formulación de cargos no habrá juicio'. Y la acusación ilegal está suspendida por razón del incidente de objeción presentado por la defensa", añadió.
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EFE / @PanamaAmerica
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