Los organizadores de las dianas que deseen realizar el evento en algún lugar , incluyendo locales privados, dentro de los 23 corregimientos que conforman el distrito de Panamá tendrán que contar con un permiso y el cumplimiento de los requisitos establecidos.
La solicitud de permiso deberá ser tramitado en la Dirección de Legal y Justicia de la Alcaldía de Panamá.
Así lo estipula el Decreto Alcaldicio Nº 21 del 25 de octubre del 2017, que además establece un horario especial con motivo de las Fiestas Patrias para las actividades que generen ruido de manera temporal.
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Entre los requisitos están: nota o petición dirigida al alcalde, copia de la cédula del solicitante, paz y salvo municipal vigente, visto bueno de la Junta Comunal del área donde se va a realizar la actividad, formato de compromiso de la Policía Nacional y copia del FISCOI (Pago que se hace a la policía por el cuido de la actividad).
Además, autorización del propietario del local o del lugar donde se va a realizar el evento, el paz y salvo municipal del propietario del local, copia autenticada ante notario del Aviso de Operación, copia autenticada ante notario de la certificación de la empresa, copia de la cédula del representante legal del local y el pago por el permiso.
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Si los organizadores de las dianas no cuentan con el permiso establecido en la norma que dicta disposiciones sobre espectáculos públicos, se le suspenderá de forma inmediata la actividad.
Quien o quienes incurran en la infracción serán sancionados de conformidad con lo establecido en la ley, acuerdos y decretos municipales correspondientes.
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Redacción / @PanamaAmerica
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