La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), no admitió este jueves la suspensión provisional del Decreto Ejecutivo No.1424 del 9 de noviembre de 2011, dictado por el Órgano Ejecutivo a través del cual se ordena a los Gobernadores de todo el país que reglamenten el horario de funcionamiento de centros nocturnos.
La decisión de la Sala Tercera se da luego que la Asociación de Bares, Discotecas y Clubes Nocturnos de Panamá, interpusiera una demanda Contenciosa - Administrativa de Nulidad ante la Corte, informó la Secretaría de Comunicación de este Órgano Judicial.
En dicha demanda, la agrupación además solicitó que se declare nulo el Decreto.