El abogado Ernesto Cedeño presentará hoy un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia contra el artículo 70 de la Ley 82 de 2013, que adopta medidas de prevención contra la violencia en las mujeres y reforma el Código Penal para tipificar el femicidio.
Cedeño explicó que el artículo 70 del instrumento en cita, es inconstitucional porque es una censura a los medios, quienes deben tener la oportunidad de difundir la información independientemente de que eso exista o sea discriminatorio, porque eso es una potestad propia de ellos.
Aseguró que lo que busca el Gobierno es reglamentar ese artículo y establecer un comité o una dirección que pueda darle seguimiento al contenido que publican los medios de comunicación.
"Esta es una medida de coartar contra la libertad de expresión, por lo que si se elimina el artículo 70 de la ley ya el reglamento no se puede hacer ", señaló el jurista.
La actual normativa establece una regulación a los medios que dice lo siguiente: Artículo 70. Si se comprueba que cualquier medio de comunicación ha incurrido en discriminación o violencia en contra de las mujeres, será sancionado por el Ministerio de Gobierno con una multa de mil balboas ($1,000.00) a tres mil balboas ($3,000.00), dependiendo de la gravedad de la violación.
El Ministerio de Gobierno (Mingob) presentará un borrador de reglamentación a la Ley 82 en relación con las sanciones que establece la ley que tipifica el delito de feminicidio a los dueños de los medios de comunicación, académicos y periodistas.
El Mingob expresó que esta reglamentación se llevará a cabo "sin afectar la libertad de expresión" y que está abierta a consultas.