Sustituyen cárcel por trabajo comunitario para asaltantes de San Félix

Se sustituyó 5 años de cárcel por trabajo comunitarios para los asaltantes de San Félix, tras un acuerdo.
Se sustituyó 5 años de cárcel por trabajo comunitarios para los asaltantes de San Félix, tras un acuerdo.
El juez de garantías, Pablo González, sustituyó una sentencia impuesta de 60 meses de cárcel, por trabajo comunitario no remunerado a José Luis Lozano y Pedro Pablo Pedroza,  a quienes se les condenó al ser aprehendido al momento que  iban a asaltar con arma de fuego un supermercado en el distrito de San Félix.

 

La sustitución de la pena a los asaltantes se dio luego que el juez validó un acuerdo de pena presentado por el fiscal Erick Bonilla y la defensa de los dos condenados.

 
 

>VEA TAMBIÉN: Ordenan detención a sujetos vinculados a robo agravado en San Félix

 

 
El juez González sustituyó la sentencia, a petición de la defensa, quien adujo que la pena es de 60 meses de prisión, y la ley permite la sustitución de la sentencia primaria por no sobrepasar los cinco años de prisión.

 

El acuerdo contempla que ambos sujetos realizarán el trabajo comunitario  por el mismo periodo de la sentencia de 60 meses, descontando los días que estuvieron detenidos que fueron 120 días.

 
 

El documento contempla que el trabajo comunitario inicia el 2 de octubre de 2017 y se extiende hasta el 2 de diciembre de 2019 y de ser incumplido serán aprehendidos y remitidos a la cárcel pública de David, donde pagaran el periodo por el cual se les condenó.

 

 
El  juez de garantías señaló que el trabajo comunitario no puede sobrepasar las 9 horas laborables por semana, y se estableció que la pena sustitutiva se realizará en el Departamento de Aseo y Ornato del Municipio de David.

 

Añadió que la fiscalía especializada en el cumplimiento de pena, será la responsable de garantizar el fiel cumplimiento del acuerdo y de tomar las decisiones que sean necesaria de registrarse alguna irregularidad por los sentenciados.

 

El juez de garantías, Pablo González, también dictó una sentencia accesoria de prohibición de portar armas de fuego, por el mismo periodo de la pena de 60 meses, una vez cumplan la pena principal.

 

González ordenó la desaprehensión de los sancionados, si no existe otra causa en su contra.

 

La audiencia se realizó el domingo en horas de la tarde del domingo en la sede del Tribunal Superior de Justicia del Tercer Distrito Judicial ubicada en la ciudad de David en la provincia de Chiriquí.

 

Ambos sujetos fueron aprehendidos por la Policía Nacional el pasado 29 de mayo en flagrante delito, cuando iban a robar a mano armada, en un supermercado en el distrito de San Félix.

 

La audiencia de control se realizó el 1 de junio, se les imputaron cargos por robo y fueron detenidos provisionalmente, medida que cumplían en la cárcel pública de David.

 

>VEA TAMBIÉN: Ordenan detención provisional a sujetos que robaron heladería

 

 


Categoría
Redactor
fecha edicion
old id
1085079
Fecha y hora de publicación