Intervención en aseguradoras: causas y efectos
Cuando escucho el término intervención, pienso en lo que sucede cuando se comete un delito, falla o incumplimiento, y un ente externo audita, impone sanciones e incluso toma el control de una empresa, esto da entender que quien dirige la organización no ha cumplido con los objetivos y funciones requeridos. Esto es lo que ha sucedido en los últimos cinco años en el mercado panameño, se han aplicado leyes a las aseguradoras que incumplan con lo establecido por la entidad adscrita por el Ministerio de Comercio e Industrias. En 1996 se da autonomía a la Superintendencia de Seguros y Reaseguros, en ese momento se abrió un nuevo capítulo en la historia de las aseguradoras, aumentaron los controles, supervisión y vigilancia del sector seguros. Las empresas aseguradoras del mercado panameño van en aumento, lo que abre paso a nuevos inversionistas en este negocio. Para agosto 2017 se mantiene un registro de 26 aseguradoras, me asombra porque si las mencionamos seguramente solo tenemos conocimiento de pocas, por su reconocimiento en el mercado y nos queda la duda de cuáles son las otras, qué tan confiables son, entre otras interrogantes.
Un seguro es un servicio que se hace efectivo cuando ocurre un daño o perjuicio. Pero no sería aceptable necesitarlo y no tener el respaldo porque la aseguradora no puede cumplir su acuerdo, ha sucedido en nuestro país, es el caso de cuatro aseguradoras que han sido sometidas a la vergüenza pública por no tener cómo cumplir con sus compromisos económicos.
Al identificar estas anomalías, la superintendencia ha intervenido para salvaguardar los intereses de los contratantes, asegurados y acreedores. Las causas de la intervención se encuentran contenidas en la Ley 12 de 2013, entre las que destaco: deficiencia en sus operaciones, incumplimiento de las regulaciones, incumplimiento del capital mínimo requerido, realización de operaciones ilegales o fraudulentas, insuficiencia de reservas y liquidez. Cuando una aseguradora es intervenida, no puede ser secuestrada ni embargada, se suspenden la prescripción de los créditos y deudas, no podrá celebrar nuevos negocios, porque están operando bajo supervisión de un interino.
En caso de subsanar las fallas durante la toma de control, se solicita la suspensión de intervención y en caso de no cumplir, la Superintendencia de Seguros y Reaseguros, conforme a su gestión, recomienda la liquidación forzosa. Finalmente, esta información es para dar a conocer los procesos y operaciones que existen en las compañías aseguradoras, como clientes debemos investigar siempre dónde invertimos y los empresarios deben comprometerse, planificarse y cumplir con la debida administración de sus finanzas por el bien de la sociedad.
Estudiante de Maestría en Administración de Negocio con énfasis en Gerencia Estratégica, Universidad Interamericana de Panamá.