Litigar casos de libre competencia

Por: Redacción 08/04/2018

En esta oportunidad, nos referimos a lo que involucra un proceso en materia de libre competencia, el que en Panamá es de carácter mixto, y conlleva se ejecute en dos etapas fundamentales, un proceso administrativo de investigación ante la Acodeco y un proceso judicial ante los tribunales especializados en materia de libre competencia. Tal cual manifiesta la Ley 45 de 31 de octubre de 2007, que dicta normas sobre protección al consumidor y defensa de la competencia, la Acodeco puede iniciar de oficio o a petición de parte, investigaciones administrativas por la presunta comisión de prácticas restrictivas a la libre competencia, las que en su etapa inicial no requieren la comparecencia de un abogado para que sean denunciadas, es más, pueden ser producto de denuncias anónimas realizadas en la página web o en redes sociales de esta institución, pero seguramente en el camino de la investigación y posterior etapa sea necesario contar con los servicios de un letrado en derecho.

Dentro del proceso administrativo de investigación, el denunciante y los investigados, de así considerarlo, pueden contar con los servicios de un abogado. Sin embargo, de prosperar la investigación administrativa y de que existan méritos para una consecuente demanda ante los tribunales de justicia, recomendamos que el denunciante se asista de un jurista, ya que, por ejemplo, puede existir una reclamación por daños y perjuicios que la Acodeco no puede o no está facultada por ley a solicitar. En materia de libre competencia, esta entidad está plenamente legitimada para ejercitar acción ante las instancias judiciales, a efectos de disciplinar aquellos mercados de bienes y servicios que han sido afectados y que este tipo de conductas no vuelvan a causar distorsiones. La Acodeco actúa como Estado, ejerciendo esa función estatal de erradicar las prácticas monopolísticas preservando siempre el interés superior del consumidor, por lo que no puede actuar en favor de uno u otro agente económico.

Es importante recordar que los procesos por prácticas monopolísticas, en vía judicial, pueden ser apelados ante el Tercer Tribunal Superior de Justicia del Primer Circuito Judicial de Panamá y llegar hasta la Corte Suprema de Justicia, ya sea por la interposición de un recurso de hecho o de casación. En sede administrativa, una vez declarada por el tribunal la práctica anticompetitiva, la Acodeco interpone la sanción correspondiente dependiendo del tipo de práctica; sanción que en el peor de los casos, una vez agotada la vía gubernativa también pudiese llegar hasta la Corte Suprema de Justicia.

En la jurisdicción de libre competencia interactúa lo económico con lo jurídico, por lo que es necesario contar con profesionales en estas áreas, expertos en materia de libre competencia, ya que en ocasiones se requiere determinar si un agente económico tiene o no poder sustancial en un mercado pertinente y, por ende, corroborar si este puede cometer prácticas anticompetitivas para desplazar a otros agentes, o establecer ventajas irrazonables; esto se hace a través de un peritaje en el que la experiencia de estos profesionales es fundamental para ilustrar al juzgador de una manera más técnica.

La legislación o el derecho de la libre competencia es una asignatura que cada vez más debe ser incluida en el pensum académico de universidades, a fin de forjar profesionales del derecho que entiendan y vean el prisma de esta interesante disciplina o rama del derecho, que no solamente defiende la libertad de competir de los agentes económicos, sino que protege los intereses de todos los consumidores.

Abogado