Proyecto de ley que regula a los abogados como agentes residentes
Después de unos mal llamados Panama Papers, nuestro país se ha visto afectado con un sinnúmero de presiones, a las que, al parecer, vamos cediendo poco a poco en cada una de ellas.
En esta ocasión, es el proyecto de Ley que modifica la Ley 2 de 1 de febrero de 2011, y busca regular a los abogados y firmas de abogados, específicamente en el tema de agentes residentes.
Para este proyecto de ley, se ha tomado en consideración una serie de limitantes para los abogados que actúan como agentes residentes de las sociedades panameñas, lo que obligaría a una gran parte de abogados y firmas de abogados a tener que salir del mercado, al menos en este rubro específicamente.
Es conveniente que se regule el tema, pero se debe hacer las consultas necesarias y hacer los cambios en pro de la profesión.
Con este proyecto de ley, cambiarán las reglas del juego.
Para poder ser agente residente de una entidad jurídica (sociedades, fundaciones de interés privado, fideicomisos y naves) en Panamá, deberá tramitar una licencia.
La responsabilidad de emitir esta licencia recaerá sobre La Intendencia de Supervisión y Regulación de Sujetos no Financieros.
Todo abogado o firma de abogados que desee prestar el servicio de agente residente de entidades jurídicas inscritas en Panamá, deberá registrarse ante la Intendencia.
Este registro se debe solicitar por medio de un Memorial, el cual debe ir acompañado con una serie de requisitos, por lo que gran parte de los abogados serán condenados a perder esta parte de sus ingresos.
Si bien es cierto, los abogados ya están obligados a adoptar políticas de "conoce a tu cliente", lo cual es sano para el negocio, con este proyecto se obligará al abogado o firma de abogados a contar con un departamento de cumplimiento, en el cual se demuestre que el personal designado de cumplimiento del solicitante es idóneo y ha recibido capacitación especializada, de forma individual, en materia de prevención del blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
Este punto ya saca del mercado a una gran parte de los abogados, ya que no podrán cubrir este gasto o tendrán que convertirse en clientes de los colegas que cuenten con la capacidad de cumplir con este requisito.
Una sugerencia para la Intendencia de Supervisión y Regulación de Sujetos no Financieros es crear una plataforma digital e incluir mecanismos de búsquedas avanzadas y a la vez capacitar al abogado para obtener una certificación que los haga expertos en blanqueo de capitales.
Esto sería provechoso para la profesión.
Este proyecto tiene un punto a su favor.
En la actualidad, para cambiarle a una entidad jurídica su agente residente, se debe obtener una certificación del agente residente saliente, donde indique que la sociedad se encuentre a paz y salvo.
Esta parte, en ocasiones, se complica.
Con este nuevo proyecto se abrirá el compás y se permitirá, en ausencia de la certificación del agente residente, una certificación o declaración jurada de la Junta Directiva, del beneficiario, del apoderado o del nuevo agente residente designado en la entidad jurídica, debidamente notariada, dando fe de que no localiza al antiguo agente residente, que su paradero es desconocido, que este haya fallecido o que se rehúsa sin mérito a emitir la certificación requerida.
Este proyecto de ley debe ser analizado a profundidad.
Debe ser un cambio para el beneficio de todo el gremio de abogados, no que atente contra el mismo.
Abogado.