A dos meses del cierre del periodo establecido por el Tribunal Electoral (TE) para que los precandidatos a presidente por libre postulación entreguen sus firmas de respaldo, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) sigue sin resolver un recurso interpuesto para que se declare inconstitucional el límite establecido de solo 3 candidatos independientes.
No obstante, agrupaciones de abogados organizados, así como juristas particulares, coinciden en que es muy probable que la Corte falle en contra de lo establecido por el Tribunal Electoral (por carencia de sustento legal) al tratar de limitar a solo 3 candidatos para presidente por vía libre postulación, en las elecciones generales de mayo de 2019.
De hecho, existen precedentes recientes de fallos de la Corte Suprema de Justicia en contra de este tipo de decisiones del Tribunal Electoral.
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Por ejemplo, cuando el TE prohibió participar al primer candidato que intentó correr como independiente, la Corte Suprema declaró inconstitucional esa prohibición.
Más recientemente, la CSJ también declaró inconstitucional la prohibición que les aplicó el TE a dos candidatos en elecciones que fueron impugnadas en David, quienes no pudieron participar en la segunda ronda.
Y, aunque este último fallo fue recibido con beneplácito por los afectados, muchos abogados criticaron la manera tardía en la que llegó la decisión, cuando ya termina el periodo de gobierno, sin posibilidades de competir por su curul, aquellos que injustamente fueron rechazados en la segunda votación que se convocó.
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Esta semana, en la Universidad Santa María la Antigua (Usma) se realizó un foro con la participación de varios aspirantes a presidente por vía independiente, en el que se abordó la expectativa por la decisión que tome el TE.
Y resultó anecdótico escuchar a los precandidatos compartir el argumento del TE para que solo sean tres aspirantes: No hay espacio para más fotos en la papeleta de votación.
El exfiscal electoral Boris Barrios se inclina a pensar que la Corte tendrá que declarar inconstitucional que solo se permita correr a los 3 candidatos con más firmas válidas presentadas.
"Eso está en franca contradicción con el Artículo 23 de la Convención de Derechos Humanos", advirtió el exfiscal.
Claves
Vacío legal: El artículo 12 (último párrafo) del Código Electoral establece que solo podrán correr en las elecciones los tres precandidatos a presidente por vía independiente que presenten más firmas válidas ante el TE.
Pero sectores jurídicos no encuentran sustento legal para esta medida, de modo que anticipan que será declarada inconstitucional.
Alianzas independientes: En este sentido, varios juristas -como el exfiscal Boris Barrios- han advertido que el Código Electoral vigente también tiene otros vacíos legales en cuanto a los independientes. Por ejemplo, no habla nada sobre calendarios programáticos para posibles alianzas entre candidatos de libre postulación, algo que sí está claramente normado y establecido en los partidos políticos.