¿Sabe cuánto le tienen que pagar si trabaja el 1 de julio próximo?

El próximo 1 de julio día de la toma de posesión del nuevo gobierno de Laurentino Cortizo será día de descanso obligatorio, de acuerdo  con el artículo 46 del Código de Trabajo.

El MInisterio de Trabajo mediante un comunicado informó que  la citada norma señala que la remuneración para el pago de la jornada laboral en esta fecha será de un 150 % de recargo (para el sector privado) más un día compensatorio posterior a la fecha.

El Artículo 46 indica que son días de descanso obligatorio los siguientes:

 

Por fiesta nacional:
El 1 de enero
El Martes de Carnaval
El 1 de mayo
El 3 y 5 de noviembre
El 10 y 28 de noviembre
El 8 y 25 de diciembre
El día que tome posesión el presidente electo de la República.

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Duelo Nacional
El 9 de enero
El Viernes Santo.
Duelo
El 8 de julio, solamente en el distrito de Changuinola, provincia de Bocas del Toro.

 

Esta disposición rige para las entidades públicas a nivel nacional, así como para las empresas y actividades del sector privado.

Zulphy Santamaría, ministra de Trabajo señaló que es un tema  de Ley , es un día libre y quien trabaje  se le tienen que pagar dos tiempos y medio.


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