Reglamentan uso de la factura electrónica

Estas normativas permiten la eficiente fiscalización de los equipos fiscales. Archivo
Estas normativas permiten la eficiente fiscalización de los equipos fiscales. Archivo

Tras varios años de haberse aplicado un plan piloto para la implementación de la factura electrónica, la Dirección General de Ingresos (DGI) de Panamá reglamentó las normas relativas a la adopción del programa en el país.

Se trata de un documento fiscal digital legalmente válido, que respalda las operaciones comerciales entre vendedor y comprador, firmado electrónicamente.

Las normas están establecidas en el Decreto Ejecutivo 766 del 29 de diciembre de 2020.

 

En ese sentido, mediante la resolución 201-0295 del 20 de enero de 2021, se dicta la reglamentación de los proveedores de autorización calificados conocidos como PAC, para la factura electrónica, quienes garantizan la continuidad del servicio a los obligados a documentar sus operaciones de transferencias.

Estas normativas permiten la eficiente fiscalización de los equipos fiscales por parte de la administración tributaria, mediante la transmisión de datos reales de las operaciones desde el equipo fiscal hacia la DGI y, por otro, apertura del plan de factura electrónica a aquellos contribuyentes interesados en aprovechar las oportunidades y ventajas del comercio electrónico y Big Data.

La DGI comunica a los contribuyentes que estas normativas no deben significar costos en la mayoría de los casos, al contemplarse el derecho a crédito fiscal en lo concerniente al equipo fiscal y el facturador gratuito en el plan de factura electrónica.

 

Adicionalmente, el Decreto Ejecutivo 766 de 29 de diciembre de 2020 contempla la figura del Proveedor de Autorización Calificado (PAC), que son una figura ampliamente utilizada en aquellos países que se encuentran más avanzados en el uso de la factura electrónica, que garantizan la continuidad del servicio a los obligados a documentar sus operaciones de transferencias, ventas de bienes y prestación de servicios mediante la expedición electrónica, por lo que los PAC no recaudarán impuestos.

La persona natural o jurídica que desee utilizar la factura electrónica como método de facturación, podrá acoger el servicio entre aquellos PAC autorizados por la DGI. Habrá tantos PAC, como el mercado lo permita, similar a otras actividades económicas que existan en el mercado, pese a ser actividades reguladas en función del servicio que prestan.

Lian Vásquez, de la DGI, explicó en un medio de televisión que el uso de la factura electrónica es una alternativa voluntaria y busca que los contribuyentes puedan disminuir costos, apoyar el comercio electrónico y el medio ambiente.

 

La funcionaria dijo que, al igual que la factura en papel, la factura electrónica cuenta con todos los detalles de las transacciones realizadas.

Agregó que 24 empresas están participando en un plan piloto para su implementación.


24


empresas participan.


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Redacción Economía | economia.pa@epasa.com | @PanamaAmerica
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