Las multas por faltas al historial de crédito (Ley 24 de 2002), ocupan el segundo lugar, en las estadísticas de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), en el presente año.
Se han aplicado 106 sanciones en primera instancia, por una cuantía total de $196,900, lo que representa el 23.55% del total de multas de la Acodeco. Entre las actividades económicas más sancionadas, se encuentran los bancos (36 multas por $65,100); financieras (14 por $47,200) y agencias de cobro (20 por $31,100).
Todo consumidor que en su historial de crédito se haya registrado algún dato erróneo, inexacto, equívoco, incompleto, atrasado o falso, acerca de cualquier información de crédito o transacción económica, financiera, bancaria, comercial o industrial, podrá presentar una queja a fin de solicitar su rectificación o cancelación.
Las acciones más frecuentes que motivan una queja, y por ende una investigación administrativa son: eliminar por prescripción, que registra 23 multas por $50,900; eliminar observación cuenta contra reserva (13 por $45 mil); el cliente nunca ha mantenido relación con el agente económico y lo mantiene como moroso (24 sanciones por 40 mil balboas); y la falta de rectificar historial numérico (29 por 37 mil dólares); y por consultas sin autorización (5 sanciones por $8 mil ).
La Ley 24 de 22 de mayo de 2002, que regula el servicio de información sobre el historial de crédito de los consumidores o clientes, fue modificada mediante Ley 195 de 2020.
Las modificaciones incorporaron nuevos derechos para los consumidores, que se encuentran vigentes desde el 1 de abril de 2021: Referencia de crédito adicional, por arreglo de pago y restructuración.
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