La última actualización a la Ley número 3 del 20 de mayo de 1985 de Intereses Preferenciales se realizó el año pasado, gracias al Estado, con el fin de incentivar a los consumidores a la adquisición de viviendas dignas para toda la población panameña.
En cuanto al beneficio del interés preferencial, el comprador no tiene que hacer ningún trámite, ya que los bancos y las instituciones gubernamentales se encargan de manejarlos.
El plazo del subsidio es 15 años y la hipoteca no puede ser menor a este plazo, y se aplica la tasa preferencial por los primeros 15 años, y cada deudor solo tiene derecho a una hipoteca subsidiada con esta tasa preferencial aplicada únicamente a la residencia principal.