Debate
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Al proyecto de reformas electorales se le incluyó una modificación adicional al artículo 235 del Código Electoral.
Esta propuesta consiste en que "cuando se trate de los cargos a candidatos a alcaldes, representantes y concejales, postulados por partidos políticos que formen parte de una misma alianza nacional, solo podrán ser postulados por los partidos políticos que formen parte de la misma alianza nacional (compuesta para postular candidatos comunes a cargo de presidente y vicepresidente de la República).
En las reformas aprobadas en la anterior legislatura ya se había contemplado esta disposición para el cargo de diputado.
Ante dicha propuesta, los diputados opositores Leandro Ávila, Jorge Iván Arrocha y Jorge Alberto Rosas presentaron otra que indicaba una modificación al artículo 242 del Código Electoral, en la que se planteaba que "los partidos políticos legalmente reconocidos podrán votar en alianza de candidatos a presidente y vicepresidente de la República, sin embargo, para los efectos del conteo solo será tomada en cuenta la papeleta del más votado". Al final esta propuesta fue rechazada. Con esta última medida aprobada, ni el PRD ni el Panameñista podrán postular candidatos comunes para cargos de elección en las diferentes circunscripciones, a menos que conformen una alianza nacional.