Al reglamentarse la ley, la fianza entró en vigencia a fines de 2012

REDACCION /

La fianza de cumplimiento respalda las normas relacionadas con el expendio de licores, la contaminación sonora, el interés sanitario, el mantenimiento del orden público, la protección de menores, y por daños y perjuicios ocasionados, y la misma debe constituirse a través de compañías de seguros y entidades bancarias.

Según la directora general de Comercio Interior del Mici, Marlain Tuñón, no se puede dejar sin efecto el cobro de la fianza de cumplimiento, debido a que está establecido en la Ley 5 del 11 de enero de 2007 y reglamentado mediante decreto 459 del 12 de diciembre de 2012, de manera que es Ley de la República.

Aclara que el cobro de las fianzas de cumplimiento no está establecido dentro de las modificaciones de la ley de Panamá Emprende (Ley 2 del 5 de febrero de 2013), sino que está contemplado en la Ley 5 del 11 de enero de 2007, cuyo contenido fue reglamentado por la Contraloría General de la República el 12 de diciembre de 2012.


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