Ayer el ministro de Economía y Finanzas (MEF), Frank De Lima, presentó al pleno de la Asamblea Nacional un proyecto de ley para modificar la Ley 45 de 14 de noviembre de 1995, relativa al Impuesto Selectivo al Consumo de Bebidas Alcohólicas.
La propuesta busca que el impuesto sea percibido a través de la Autoridad Nacional de los Ingresos Públicos (Anip) y no como una tasa aduanera. El impuesto es nacional y su cobro le corresponde a la Autoridad Nacional de los Ingresos Públicos.
En su exposición, el ministro explicó que la iniciativa pretende que el Impuesto Selectivo al Consumo de Bebidas Alcohólicas se pague mensualmente por el contribuyente en los casos de bienes gravados de producción nacional, dentro de los primeros 15 días calendario del mes siguiente al periodo de que se trate.
Agregó que dicha transacción se realizará mediante la presentación de una declaración-liquidación del impuesto en los formularios que proporcionará la administración tributaria.
De igual forma, el titular del MEF señaló que en los casos de bienes gravados importados será cancelado conjuntamente en los precios que graven la importación del producto dentro del plazo establecido en la ley que rige el Código Fiscal.