El extranjero puede separarse de su pareja panameña por cualquiera de las causales señaladas en el Código Civil, pero debe esperar dos años. Una vez que las autoridades específicas hagan efectivo el divorcio, se le cierra el trámite migratorio al extranjero, por lo que ese ciudadano puede volver a casarse de la misma forma como lo hizo la primera vez, siempre y cuando se realice en forma voluntaria. También puede aplicar para la solicitud de una visa de empleado de confianza si su patrón argumenta que la amerita, por razones humanitarias y otros aspectos que tienen que ser evaluados por las autoridades competentes.
Sin embargo, si un extranjero sigue casado después de dos años con un nacional, Migración le hace una nueva entrevista matrimonial para asegurar que aún existe la convivencia. “La normativa jurídica señala que los matrimonios entre extranjeros y nacionales deben reunir las condiciones de singularidad, estabilidad y continuidad”, explica Edwin Sánchez, de la oficina de Entrevistas Matrimoniales del SNM.
Si en este caso pasan la prueba, “el extranjero puede hacer los trámites de solicitud de visa permanente o definitiva”, concluye el funcionario.