Datos de la APC
- Luz María Salamina, gerenta general de la Asociación Panameña de Crédito (APC), declaró que “en muchas ocasiones ha hablado de este tema, específicamente sobre su impacto positivo para las micro y pequeñas empresas, pues ellas no tienen información formal reportada y por ende se les dificulta mucho acceder a los créditos”.
- Según Salamina, reportar la información sobre sus pagos de servicios públicos les da visibilidad, tanto a las empresas que otorgan créditos, ya sea bancos o financieras y a las empresas que son sus proveedores, las cuales podrán realizar mejores análisis para otorgarles a los consumidores préstamos, pero asegurándose de ofrecerles mejores términos y condiciones que los que reciben actualmente los usuarios.
La decisión de reformar la ley que regula el servicio de información sobre el historial de crédito de los consumidores fue calificada de “extremada y exagerada” por economistas consultados por Panamá América.
El economista Aristides Hernández, presidente de Latin Consulting, sustentó que no hay razón para que el consumidor sea doblemente sancionado por no cumplir con los pagos de algunos servicios públicos como la telefonía, electricidad, agua, alcantarillado y recolección de basura, ya que al no pagarlos le cortan el suministro del servicio que refleje atraso.
Pero de ahí a que le limiten a los usuarios el derecho de tener la facilidad de poder adquirir un financiamiento, ya es una medida exagerada, indicó.
El economista Adolfo Quintero señaló que no le parece justo que se reforme esta normativa, porque los perjudicados serían los panameños que obtienen menos recursos económicos, quienes por quincena si pagan el agua no pagan la luz.
Esto se debe a que viven con un presupuesto limitado, y por ende sus ingresos son menores a los gastos del hogar, dijo.
Lo que indica que estas personas por mes siempre estarían registrados con malas referencias crediticias en la Asociación Panameña de Crédito (APC), y por ende no calificarán para un préstamo.
Sin embargo, banqueros aseguran que este cambio debe verse de dos maneras.
Por ejemplo, la primera sería para ver el historial de los empleados, lo que se conoce en el sector de la banca como “conozca a su empleado” y para ver el de los clientes y así evaluar el riesgo del crédito.
Julio Aguirre, ejecutivo bancario y presidente del Comité de Oficiales de Cumplimiento de la Asociación Bancaria de Panamá, señaló que “esta medida que ha ejecutado el Consejo de Gabinete de aprobar la reforma a la Ley 24 de 22 de mayo de 2002, que regula el servicio de información sobre el historial de crédito de los usuarios en el país, nos permitirá evaluar el riesgo de tener a un empleado con morosidad en algunos de los servicios, dado que ese empleado puede estar ocupando un puesto sensitivo y si la morosidad se confirma, sería una bandera roja para la institución”.
Explicó que por el lado de los clientes, dependerá de la política de crédito en cuanto al nivel de tolerancia del monto moroso y el periodo que refleja dicha deuda. Estos datos son importantes dado que le permite ver el comportamiento histórico de la persona en cuanto a su responsabilidad de pagar sus deudas, por muy pequeñas que estas sean, afirmó Aguirre.
Por lo tanto, puede que no sea una variable contundente para negar un crédito, pero sí una para ponderar el nivel de riesgo del cliente, agregó.