Alianza ilegal
“Las alianzas que acuerden los partidos políticos serán comunicadas dentro de los 15 días hábiles siguientes al Tribunal Electoral por sus representantes legales, personalmente, o por apoderado legal, mediante memorial que será presentado ante la secretaría general del Tribunal General que ordenará mediante resolución las anotaciones pertinentes en el libro de registro de los partidos políticos. La resolución se publicará en el boletín del Tribunal Electoral o por lo menos en un diario de circulación nacional”.
El artículo 111 del Código Electoral expresa con meridiana claridad los trámites que deben seguir los partidos políticos para concretar alianzas. Si los trámites de inscripción y las resoluciones del Tribunal Electoral (TE) no se cumplen dentro del término fijado, las alianzas de partidos políticos carecerán de valor legal y no tendrán validez las candidaturas del PRD y panameñismo con postulantes únicos.
El TE tiene la obligación de cumplir los dispositivos del Código Electoral, pero no lo hace para favorecer a los partidos gobernantes. Antes amparó impugnaciones a 10 elecciones de diputados con resoluciones que competen a la Contraloría General en cuanto a la fiscalización de los recursos públicos. Contrató auditores sin idoneidad y corroboró las impugnaciones de los candidatos oficialistas con la seguridad de que ganarían los comicios en la segunda vuelta.
La derrota del contubernio oficialista en tres circuitos desechó la confabulación de las impugnaciones. Los votantes ratificaron los resultados de las primeras elecciones, destapando la ilegalidad de las manipulaciones de los magistrados del TE para eliminar de la Asamblea a los diputados de Cambio Democrático.
Conociendo que la derrota se iba a repetir en las elecciones de los circuitos 4-6, 4-5 y 9-1 si se presentaban por separado candidatos del panameñismo y el PRD, la corrupción institucional fue llevada a extremos al permitir alianzas al margen de los dispositivos del artículo 111 del Código Electoral.
El margen estrecho de tiempo no alcanzó para presentar los recursos de la alianza de representantes legales de cada partido antes de los 15 días hábiles mediante memoriales recurridos a la secretaría general para inscribir el acuerdo y se publicaran las resoluciones en el boletín del TE. Ni a la velocidad del rayo se podían cumplir los plazos de la tramitación administrativa del TE.
Frente a los hechos, las impugnaciones contra la confabulación del gobierno y el TE no hay otra salida que la anulación de los resultados manipulados. Ciertamente es inaudito que, después de 25 años del fin de la dictadura militar, pueda subsistir en la vigencia del sistema democrático el fraude contra la voluntad popular.
Los exmagistrados del TE designados por los militares anularon las elecciones de 1989 que ganó limpia y holgadamente la fórmula encabezada por Guillermo Endara, fueron cesados sin atreverse a reclamar algo ni a pedir que les prolongaran la extensión del cargo.
Estamos los panameños ante fallas graves de los magistrados del TE que, hace rato, ameritan la intervención de la Corte Suprema de Justicia. Sin embargo, el Gobierno ha decidido extender diez años más al magistrado Eduardo Valdés Escoffery, en decisión repudiada por la sociedad civil.