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Ángel de la Cruz o la irredención


Silvio Guerra Morales (opinion@epasa.com) / PANAMA AMERICA

No puede ser cierto, jamás, que un hombre sea victimizado por los sistemas. Los sistemas, de ninguna naturaleza, pueden constituirse para aplastar al hombre y a su dignidad humana. La dignidad humana trasciende a toda valoración distinta establecida por los sistemas y cuyo objeto sea la denigración constante o permanente de esa alta alcurnia, pues como ser humano ha sido destinado por Dios para dominar sobre cualquier otra especie viviente, merced a su capacidad de raciocinio y de poder establecer jerarquizaciones del pensamiento.

Ángel De La Cruz, quiérase o no, ha sido victimizado por un sistema. Toda legitimación de su privación de libertad, en grado de detención preventiva, ya ha superado con creces los mínimos de pena establecidos frente a las imputaciones penales que se le imputan o atribuyen.

Hay muchos “Ángel De La Cruz” en las cárceles panameñas. La huelga de hambre, salvo la ingesta de agua, líquido vital, que desde hace 17 días inició este muchacho a quien hemos llamado “El muchacho de la 28 de Noviembre, La Chorrera”, ha venido a poner el dedo sobre la llaga de un sistema penitenciario que aún no levanta alas en lo que toca al tratamiento de los privados de libertad.

UNA INJUSTICIA NUNCA PODRÁ JUSTIFICAR OTRA INJUSTICIA, MÁXIME CUANDO YA HAN SIDO SUPERADOS LOS MÍNIMOS DE ...

En otros aires, v.gr. Holanda y muchos países europeos, la detención preventiva ha sido defenestrada y ello nada tiene que ver con impunidad, sino con procesos penales racionales y dignos, humanos. Para el 17 de noviembre, por venir, ya habrá de cumplir seis largos, penosos y aflictivos años de estar privado de la libertad en Grado de “detención preventiva”. Entiendo que la pena de los familiares de las víctimas, de las que son vivientes y no vivientes, así como de los que han sufrido en carne propia el atosigamiento de ese nefasto envenenamiento masivo causado tras la ingesta del jarabe denominado “dietilenglicol”, es mayor.

Sin embargo, una injusticia nunca podrá justificar otra injusticia, máxime cuando ya han sido superados los mínimos de pena que preceptúa la ley, quien, en primer lugar, nunca ha debido estar detenido, merced a que el delito atribuido es de naturaleza culposa, lo cual indica la ausencia de dolo. Ante el evento de que se le atribuya un delito doloso, la pena mínima, del mismo modo, ya ha sido pagada con creces para los efectos de la detención preventiva. Insisto, serán seis años los que cumplirá en grado de “·detención preventiva”.

Estimo, no lo veo de otra manera, que es el momento para que la justicia constitucional y penal de mi país se agigante, con una sentencia del “habeas corpus” dignificante de los aires libertarios de mi Patria.

Abogado.

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Martes 18 de agosto de 2026