Ante posibles prácticas monopolísticas
Las consultas de viabilidad se circunscriben a la comisión o no de prácticas monopolísticas, por lo que la Ley 45 de 31 de octubre de 2007 les permite a los agentes económicos conocer si un determinado acto, contrato o práctica que intente realizar constituye o no una práctica monopolística absoluta o relativa, prohibida por esta legislación, por lo que podrán formular consultas escritas sobre la licitud de dicha actuación.
Este procedimiento de consultas de viabilidad requiere de una solicitud formal por escrito, ante el administrador de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), a efectos de que se determine si esta conducta o práctica es o pueda ser considerada anticompetitiva, por lo que se requiere que el solicitante provea toda la información y documentación necesaria que permita comprobar si la conducta constituye o no una violación a la Ley 45. El procedimiento establece que la Acodeco tiene 15 días para verificar la documentación aportada, y en caso de requerir mayor información, puede solicitarla en este plazo. Recibida conforme la documentación, esta institución emite una resolución indicando que ha sido provista a satisfacción la misma, por lo que de allí corre un término de 30 días para decidir si la conducta o práctica constituye una práctica monopolística; respuesta que igualmente se emite mediante resolución. Vencido el plazo de 30 días, sin que exista opinión de la Acodeco, se entenderá que el acto consultado es lícito.
Entre las consultas de viabilidad tramitadas, está una orientada a conocer por parte de una compañía aseguradora, si el coaseguro es una práctica monopolística, dado que el mismo es un contrato suscrito por el asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera interdependencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda. Recordemos que las compañías aseguradoras son agentes económicos competidores entre sí. Al respecto, la Acodeco señaló que la práctica de realizar acuerdos horizontales de colaboración en la forma de coaseguros, para ofrecer pólizas de seguro de incendio, que era el caso que bajo examen, en general no constituye una práctica monopolística per se, no obstante, esto no impide que se pueda evaluar, caso a caso, la pertinencia de iniciar una investigación por considerar que un contrato de coaseguro, en particular, pueda afectar las normas de defensa de la competencia si se constituyen en una forma disimulada de división de mercado entre competidores, o sea, una práctica monopolística.
Las consultas de viabilidad son un mecanismo de prevención ante posibles prácticas monopolísticas, por lo que es recomendable que los agentes económicos utilicen la herramienta.
Abogado, especialista en temas de competencia.