Apostillas sobre el matrimonio
La velocidad de los cambios culturales impone desafíos constantes a las costumbres de nuestra sociedad. El matrimonio es uno de ellos. Un derecho que en la actualidad se dirime, individualmente, como institución corporal y colectivamente, como constitución social. Etimológica y legalmente matrimonio proviene del latín y del derecho romano, su finalidad esencial es la de dar legitimidad a la descendencia materna. De allí que este pacto social tenga un aspecto bien definido: legitimar el parentesco y la pertenencia a la familia o al linaje, con todo lo que ello implica en la organización del Estado. De modo que el matrimonio ampara a la mujer, a sus hijos y establece responsabilidad paterna.
Hoy la asimilación conyugal entre parejas homosexuales es motivo de ásperos debates. Un debate que carece de palabras justas o apropiadas para definir un derecho de convivencia que ha existido siempre y que sólo ahora ha salido a la luz pública con la misma fuerza que la defensa de los derechos femeninos. Causas estas, inextricablemente unidas a los Derechos Humanos.
El matrimonio, desde el punto de vista sociológico, tuvo su raíz en la familia, fratría, clan o tribu y no al revés. No es la familia la que proviene del matrimonio. El tabú del incesto y la exogamia, estuvieron destinados a preservar la supervivencia del grupo desde el matrimonio como contrato de unión mono o poligámico. En la antigua ley judía, la esposa viuda era heredada por el hermano mayor y la poligamia está legalmente vigente en muchas culturas orientales y en algunas tribus nuestras.
Para una conclusión objetiva sobre este tema, hace falta desprenderse de conceptos morales religiosos, porque la religión, cualquiera sea, ha dejado de ser el fundamento de la moral universal. En este aspecto las distintas expresiones religiosas tienen posturas disímiles y antitéticas. Es obvio que para los feligreses tales conceptos tienen un valor indiscutible, no así para el resto de la sociedad. Vivimos en un mundo multicultural, globalizado por la inmediatez de la información y, muy probablemente, destinado en su evolución a convivir en un sincretismo religioso junto a una moral laica respetable y respetuosa de todos los credos.
En consecuencia, no es correcto admitir, semánticamente, la palabra matrimonio para definir la unión conyugal entre personas del mismo sexo. Pero se debe admitir el derecho que les asiste a legitimar esa unión conyugal, incluido el derecho tutelar sobre niños y niñas por adopción legal. De modo que los hijos adoptivos de familias gays deben ser considerados como hijos de padres o madres tutelares. Los preceptos religiosos enfatizan demasiado en la moral sexual de las parejas de un mismo género y a menudo ignoran el vínculo amoroso, sentimiento por el cual los seres humanos se sienten compelidos a una unión que socialmente los incluya sin tapujos ni prejuicios. Amar es un sentimiento sublime, extraordinariamente versátil y complejo. Es, también, un derecho y una facultad humana que, como la moral, pertenece a la humanidad sin distingo de sexo, raza o religión y que sólo debe rendirle cuentas al tiempo.
