Avances: Indicaciones geográficas y denominaciones de origen
Las indicaciones geográficas (IG) y las denominaciones de origen (DO) han sido muy bien definidas y desarrolladas por la Unión Europea (UE). Su uso se ha extendido a otras regiones, como Centroamérica y la Región Andina, gracias a las negociaciones de acuerdos de asociación con la UE. La experiencia de los países de América Latina en esta materia ha sido compleja y controversial.
La experiencia de Centroamérica era muy escasa antes de la negociación del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea (AACUE). Sin embargo, el resultado final de esta negociación fue una normativa negociada de conformidad con las obligaciones y los derechos indicados en el artículo 22.1 del Acuerdo sobre los Aspectos de Derechos de Propiedad Intelectual (ADPIC) y anexos, mediante la cual se aceptó el registro de 224 IG por parte de la UE y de 8 por parte de Centroamérica. A su vez, el Acuerdo posibilita registrar IG en el futuro, mediante un mecanismo transitorio y unilateral que permite a los países centroamericanos obtener la certificación de IG que en el momento de la negociación se encontraban en trámite.
Las IG que a la fecha ha registrado Centroamérica son las siguientes: café de Marcala (Honduras) y banano (Costa Rica). Además, hay gestiones avanzadas para el registro del queso Turrialba (Costa Rica), café (de siete zonas de Costa Rica), frijol rojo (Nicaragua) y frijol negro (Guatemala). También hay gestiones con un ligero avance para registrar IG para el café de diez zonas de Costa Rica y para la madera Teca jaspeada Guanacaste (Costa Rica). Por último, se ha identificado que las IG del café de 25 zonas de Costa Rica tienen posibilidades para ser registradas.
La experiencia de la Región Andina es también escasa. La posición inicial de negociación se estableció respetando la normativa andina basada en la Decisión 486 de la Comunidad Andina del Régimen Común sobre Propiedad Industrial, que guarda total conformidad con el ADPIC. Los europeos no presentaron mayor objeción a la propuesta, porque Perú es parte contratante del Sistema de Lisboa, en virtud de lo cual la UE aceptó negociar bilateralmente con Perú y Colombia, en lugar de hacerlo con todos los países de la Región Andina. Es por ello que se hace particular referencia a la experiencia de Perú. De la negociación Perú obtuvo protección a los productos con DO y arancel cero en todos ellos; también se incluyó una cláusula evolutiva que permite agregar más productos en el futuro. Un elemento sobresaliente para considerar y tomar en cuenta es que Perú no hace distinción entre las IG y las DO.
Al día de hoy, la Región Andina ha registrado las siguientes IG: Café de Colombia (Colombia), Pisco (Perú), Maíz blanco gigante Cusco (Perú), Singani y quinua real (Bolivia), Chulucanas (Perú), Pallar de Ica (Perú), Café villa rica (Perú) y Loche de Lambayeque (Perú). Los rubros en proceso de registro son Cacao de Arriba (Ecuador), Sombreros de paja toquilla de Montecristo (Ecuador), Bocadillo veleño (Colombia) y Azúcar del Valle (Colombia).
Una de las principales lecciones aprendidas fue descubrir que en las partes interesadas había mucha motivación para obtener certificaciones de IG y DO, pero contaban con muy pocos conocimientos en el tema; otra lección fue que en la mayoría de los casos fue necesario establecer una alianza entre los productores y una organización no gubernamental (ONG) o una entidad de gobierno; y por último el compromiso de los productores con el proceso de obtención de las certificaciones fue débil. Ahora el gran reto consiste en desarrollar en los productores las capacidades que les permitan cumplir con todos los requisitos establecidos.