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Canasta básica y regulación

Por: Redacción 22/07/2014

La canasta básica se define como el conjunto de productos que conforman la dieta usual de una población, expresada en cantidades suficientes para satisfacer las necesidades de calorías de un hogar promedio. Está compuesta por lácteos, carnes (pollo, cerdo y res), huevos, leguminosas (porotos, lentejas, arvejas), cereales (maíz, arroz, pan) azúcares, grasas, verduras, frutas y otros.

En los últimos cinco años, la canasta básica de alimentos tuvo un incremento de un 24%, es decir $66.69, producto del alza del petróleo y sus derivados, el cambio climático, el incremento de las importaciones, la reducción de las tierras productivas, por otras actividades más lucrativas y por la carencia de una política del Estado de estímulo hacia el productor agropecuario.

Al firmar el presidente Juan Carlos Varela el Decreto Ejecutivo N.º 65 del 1 de julio del 2014, 22 productos de más alto nivel de consumo de la canasta básica fueron regulados, y al resto se le aplica el criterio de “Libertad Vigilada”, que consiste en que “los minoristas deben informar a la Acodeco, cinco días calendario, antes de un incremento de precios de los 28 productos de la canasta que no están regulados”.

Con esta medida se garantiza la accesibilidad de precios de los productos que conforman los grupos del recientemente creado “Plato de la Alimentación”, compuesto por cuatro grupos: almidones, granos y cereales; frutas y vegetales; carnes; lácteos; aceites y grasas.

Es importante saber cuáles son los productos regulados: arroz de primera en todas sus presentaciones, babilla, bistec de cinta, carne molida de primera, cebolla, chuleta, huevos empacados y por unidad medianos, jarrete, leche en polvo 360 gramos, porotos y lenteja grado 2, macarrón 425-454 gramos, ñame (diamante y paleta), pan de molde 396-510 gramos, papas, pecho, pollo entero, queso amarillo libra/unidad, salchicha de carne de res, tomate nacional perita, tuna 170 gramos y yuca.

Nuestra responsabilidad como consumidores es estar vigilantes del cumplimiento de los precios tope establecidos y denunciar a la línea gratuita 130, acceder a la página www. acodeco.gob.pa y al Twitter: pedro_meilan, el incumplimiento del decreto.

La vigencia de esta medida es de 6 meses, se exceptúan del cumplimiento del decreto la provincia de Darién y las islas. Los precios tope en los productos permitirán un ahorro promedio de $58 por familia. Invitamos a nuestros lectores a darle el mejor uso, para fortalecer y vigorizar nuestro presupuesto familiar.

 

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Viernes 7 de agosto de 2026