Changuinola en la memoria
La “Comisión Especial” designada por el Ejecutivo para investigar los sucesos de Changuinola ha concluido que: “la principal causa de las protestas y acontecimientos violentos en Changuinola fue la forma como se presentó, discutió y aprobó la Ley 30 de 2010, además de su contenido. La ausencia de un debate ciudadano y la equivocada práctica de incluir materias diversas en un solo cuerpo legal, generó irritación, afectó la convivencia pacífica e imposibilitó una adecuada discusión, que permitiera aclarar dudas y mejorar dicha iniciativa legislativa.”
Preguntaba en mi columna del 16 de julio pasado, a raíz de la visita a Changuinola- los días 1 y 13 de julio- de Mariela Arce del Centro de Estudios y Acción Social Panameño, miembro de Alianza Ciudadana por la Justicia, como parte de una delegación de la Defensoría del Pueblo: ¿Qué pasó en Changuinola?
Sabido es que, muy tempranamente, el Ejecutivo con el auxilio de todo su entorno gubernamental, se apresuró a pretender ocultar la realidad de lo ocurrido. Recordemos que en su informe, Arce subrayaba que: “Los entrevistados de sociedad civil concuerdan que se dio un uso “exagerado de la fuerza”, “se volvieron brutos”, los policías dispararon hasta que se les acababan las municiones. “Esta experiencia ha manchado de sangre la gestión del actual gobierno y ha traído de un solo manotazo los recuerdos de la Dictadura militar, el pueblo bocatoreño, los pueblos indígenas, lloran y piden justicia para sus muertos y heridos con daños permanentes.”
Hoy, en sus conclusiones, la Comisión Especial, por su parte, corrobora que “el hecho de que la empresa Bocas Fruit Company, suspendiera el viernes 2 de julio del 2010 el pago del salario semanal vencido de sus trabajadores, incrementó la agitación social en la región. La Comisión reconoce por igual, la existencia de otras causas de conflicto, como es el caso de los reclamos de sectores indígenas relacionado respeto a las leyes comarcales, tal como se consignó en el Acuerdo Changuinola de 11 de julio del 2010.”.
También nos dicen que: “La Comisión constató el imprudente e inaceptable manejo de los sucesos de Changuinola por parte de las autoridades civiles y políticas de la provincia, quienes fueron (i) incapaces de trasmitir a tiempo y con la mayor certeza a las autoridades centrales del Gobierno Nacional la magnitud de las protestas, y (ii) propiciar un diálogo respetuoso y eficaz con los sindicatos y gremios que se manifestaban, para dar lugar a un acuerdo que evitara las confrontaciones.”
“El Gobierno Nacional no tomó en cuenta las particularidades de una región donde la cultura indígena es vital y donde existen antecedentes históricos de luchas sociales. Esta Comisión estima que frente a las protestas, las autoridades del Estado debieron reaccionar de forma inmediata con ánimo de entendimiento y concertación, considerando que las mismas no pierden su legitimidad cuando escuchan las quejas de la comunidad y toman decisiones teniendo en cuenta las observaciones de los sectores organizados de la sociedad civil.”
“Las pruebas de balística, realizadas y certificadas por expertos auxiliares de esta Comisión, concluyen que los disparos que ocasionaron tales muertes se realizaron a una distancia menor de 15 metros.
“La Comisión constató la conculcación de derechos fundamentales, tales como: Derecho a la vida, a la integridad personal, libre tránsito, acceso a alimentos, atención oportuna y eficaz de quienes requerían servicios de salud, inseguridad, daños a la propiedad privada y a bienes del Estado, afectación a derechos de terceros, privación de libertad y retención de personas contra su voluntad.
“La cantidad de manifestantes lesionados (perdigones) y afectados por los gases lacrimógenos en áreas consideradas “alejadas del conflicto”, resalta el hecho de que las fuerzas del orden no contaban con guías o protocolos para evitar la magnitud de daños directos y colaterales ocasionados al tratar de sofocar la protesta. La utilización de unidades policiales no capacitadas, ni entrenadas para actuar como fuerza en el control de multitudes, agravó la situación.
“A pesar de todos los esfuerzos realizados, la Comisión no recibió información alguna de las autoridades policiales (Jefe de la Policía Nacional y Sub Comisionado Jefe de la Policía Nacional de Changuinola), y del entonces Ministro de Gobierno y Justicia, sobre las circunstancias que rodearon el fallecimiento de los ciudadanos Antonio Smith y Virgilio Castillo, cuyas necropsias determinaron como causa directa de muerte las heridas de perdigones sufridas durante las protestas. Debió existir un informe sobre las circunstancias de estas muertes.” La reacción gubernamental ante el informe de su “Comisión Especial”, no se ha hecho esperar y, lo irrespetuosa de la misma, hace obligatorio que nuestra memoria no permita el olvido.
