default

Condena de la SIP

Por: Redacción 25/10/2013

REDACCION / PANAMA AMERICA

Entre el silencio de medios locales, la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) condenó la sanción moral que impuso a este diario la denominada Comisión de Justicia y Paz, por informaciones sobre litigios judiciales de un diputado de la oposición. En el informe anual sobre el estado de la libertad de prensa del continente, la SIP dio cuenta de las anomalías procesales cometidas por la comisión al no notificar al diario de las faltas que se le imputaron y escuchar sus descargos dentro de las reglas del debido proceso. El rechazo de la prensa internacional profundiza la violación jurídica de la comisión que no tiene competencia para pronunciarse sobre asuntos contemplados por la Constitución Política en respaldo de la libertad de prensa. Rápida y genuflexa para amparar medidas inconstitucionales, sin embargo, la comisión, obligada a actuar en defensa del Pacto Ético, no dice palabra acerca de sucesos repudiables de dirigentes políticos y medios de comunicación social.

¿Qué ha dicho la comisión sobre el asesinato de un dirigente del PRD y las acusaciones descargadas contra un diputado de la misma tolda? ¿Cómo reaccionó ante la difusión de una grabación en la que un candidato edilicio dio instrucciones sobre la planificación de ataques contra la integridad física de otro candidato? ¿No se enteró de la reacción agresiva de cierto candidato presidencial por las preguntas inquisitivas de un periodista? ¿Ha llamado la atención en nombre del Pacto Ético al medio que propaga noticias reñidas con la realidad panameña, cuyo desmentido minimiza, no obstante, la dimensión de los titulares cuestionados? ¿Se atreverá a pronunciarse sobre la condena de la SIP? El compacto silencio dice mucho, paradójicamente, sobre la comisión, que cual el pequeño simio de la fábula, no ve, no oye, no habla. Sería innecesario proponer su desaparición porque ella misma se ha esfumado entre gallos y medianoche. La guerra sucia derrama barro por abanico. Un pretendiente llamó “cobarde e hipócrita” al candidato que lo supera en las encuestas. Otro difunde correos electrónicos ajenos con evidente propósito político. Se aperturan procesos disciplinarios contra miembros de un partido, sin aplicarse procedimientos estatutarios. Pero la comisión no ve, no escucha, no habla.

Antes del pronunciamiento de la SIP, el abogado panameño Ernesto Cedeño calificó al organismo consultivo del Pacto Ético como “inquisidor”, ya que en su reglamento permite que la Comisión de Justicia y Paz sancione moralmente al denunciado sin haberle escuchado previamente su defensa. ¿Es que en el siglo XXI subsisten en Panamá condenas peligrosas cometidas por la resurrección de tribunales inquisitoriales dictados por torquemadas laicos que condenan a la hoguera moral sin derecho a la defensa? La Constitución expresa sin lugar a dudas que “nadie será juzgado, si no es por autoridad competente y conforme a los trámites legales”. El ensayo de otorgar autoridad legal y moral a un organismo fiscalizador de la paz y la ética electoral y mediática resulta un fracaso en toda la regla por su actuación inconstitucional y sus métodos procesales medievales. La condena de la SIP en representación de los más influyentes medios de comunicación del continente tiene carácter definitivo de caso cerrado.

Edición Impresa

Miércoles 12 de agosto de 2026