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Constitución política

Por: Redacción 12/04/2017

Uno de los tópicos que estudié, en la materia de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho, fue la Constitución Política, especialmente sobre los métodos para adoptarla o modificarla. Al respecto, debo decir que, en el contexto de mi preparación en esta Facultad, en nuestro país se propusieron varios cambios constitucionales, unos por la Asamblea Nacional, propiamente tal, y otros sometidos a consulta popular, de los cuales me refiero en el segundo párrafo del presente escrito.

La Asamblea Legislativa del periodo del año 1989 al año 1994 decretó varios actos legislativos, los cuales fueron aprobados por la Asamblea del periodo del año 1994 al año 1999, que consistieron, entre otros cambios, en agregar un nuevo título referente al Canal de Panamá, la sustitución del preámbulo de la Constitución y la eliminación del ejército en la República de Panamá. Por otra parte, los electores del pueblo panameño, mediante Consulta Popular del año 1992 y Consulta Popular del año 1998, rechazaron las otras propuestas de cambios constitucionales realizadas bajo las égidas de los gobiernos del periodo del año 1989 al año 1994 y del periodo del año 1994 al año 1999, respectivamente.

Siguiendo con este orden de ideas, tengo que expresar que el constitucionalismo panameño, antes y después de 1903, cuenta con valiosos aportes que, en su momento, establecieron los parámetros por los cuales se concebían y administraban los asuntos particulares y generales en el suelo istmeño, sin menoscabo de las circunstancias socioeconómicas y geopolíticas que fueron sus causas-efectos. Ahora bien, es importante destacar que todo no fue color de rosa, ya que las constituciones panameñas no nacieron en contextos de sosiego, libertad, justicia y equidad plenos, sino por los intereses e imposiciones de los factores reales de poder.

La falta de democracia, legitimidad y transparencia sobre las que fueron aprobadas dichas constituciones, incluyendo la de 1972 y sus reformas, debe ser subsanada y corregida, por así decirlo, como un acto de justicia histórica, lo cual será posible en concordia nacional. Son múltiples las voces que, por años, promueven el cambio constitucional, pero, muchas de esas voces, en vez de ser propuestas objetivas, más parecen consignas de quienes quieren imponer sus ideas o llegar al poder. Todo el pueblo debe ser tomado en cuenta, para evitar que las iniciativas de cambio constitucional no sean más de lo mismo que se ha hecho siempre.

Porque todo cambia, estoy convencido que la Constitución debe ser actualizada, con el concurso y consenso de todos, sobre lo que queremos y necesitamos en relación con el sistema político-jurídico de la Nación panameña, eso sí, sin olvidarnos de la educación en valores y de la atención en salud mental, sin los cuales, los referidos cambios serían insostenibles e ineficaces.

Abogado

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Miércoles 15 de julio de 2026