Corte bajo la lupa
Las graves revelaciones del magistrado Harry Díaz sobre venta de fallos de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) motivan que el presidente encargado Harley Mitchell haya solicitado la inmediata intervención de la Asamblea Nacional para abrir los procesos pertinentes. Esta denuncia proviene desde dentro de la Corte y no es la infidencia de un “sapo” o una “sapa”, como en el caso del magistrado Alejandro Moncada Luna. Se dijo que se iba a abrir una caja de Pandora sobre corrupciones del sistema judicial. Así ha sucedido. Como una mancha de aceite sobre las aguas del mar se extiende arrolladoramente una turbia ola de acusaciones contra los magistrados de la CSJ, tanto por las supuestas ventas de sentencias como por el ocultamiento premeditado de expedientes pendientes de fallo en cajas fuertes de funcionarios.
El magistrado Harry Díaz está obligado por imperio de ley a presentar a la Asamblea la denuncia pertinente para aperturar el proceso investigativo prescrito por la Constitución. Más aún, no debiera siquiera pedírsele que formulara la denuncia, sino que la Asamblea debe citarlo bajo plazos perentorios.
No pueden existir dos velocidades procesales: una rápida para encausar a Moncada Luna y otra lenta para el resto de magistrados supuestamente responsables, de conformidad con la declaración jurada del denunciante. Según como se reaccione ante la trascendencia de la denuncia, se pondrá a prueba la consistencia de la Asamblea para demostrarle a la opinión pública si está actuando en forma subordinada a intereses políticos en la situación de Moncada Luna o si se hace de la vista gorda ante un escándalo de gran envergadura corporativa.
A Moncada Luna se le procesa por enriquecimiento injustificado como a cualquier servidor público. Pero la denuncia del magistrado Díaz es de vuelo más alto porque involucra varios delitos, entre ellos contra la administración de justicia, tráfico de influencias, abuso de autoridad e infracción de los deberes de los servidores públicos, encubrimiento, peculado, o de simulación de hechos punibles y calumnia en actuaciones judiciales y otros que corresponde sustentar al diputado designado como fiscal por la Asamblea.
El Código Judicial establece que “todo ciudadano puede acusar o denunciar ante la Asamblea Legislativa al presidente de la República y a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia para que se les juzgue, si a ello hubiere lugar, por actos ejecutados en el ejercicio de sus funciones, en perjuicio del libre funcionamiento del poder público o violatorios de la Constitución y las leyes. El querellante o el denunciante debe presentar las pruebas del hecho sin lo cual no será admitida la querella o la denuncia”.
La Comisión Judicial de la Asamblea, una vez admitida la denuncia o querella, la pasará al procurador general de la nación para que informe sobre el mérito de ello en un término no menor de 10 días con las recomendaciones legales procedentes.
Pocas veces la Corte Suprema es blanco de una acusación que compromete la integridad del sistema judicial, acusación agravada porque sale de las entrañas de la administración de justicia, vale decir manifestada en forma pública por un miembro de la Corte, que asevera que es solo la punta de un iceberg de escándalos de mayor dimensión. La ley de carrera judicial debería constituir la solución para adecentar la administración de justicia con nombramientos por concurso de méritos.