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Defensor del lector


Soterramiento de cables en panamá 

La Asamblea Nacional de Diputados se encuentra debatiendo el proyecto de Ley N.° 423 que establece una tasa para cubrir los costos de soterramiento del cableado e infraestructura de los servicios de telecomunicaciones y de televisión pagada.

Aspectos preocupantes: se está estableciendo una fórmula en el proyecto para que el soterramiento se haga de a dedo y evitar la licitación pública. Esto podría favorecer a empresas amigas de la contratante, para que ejecuten el soterrado. ¿Negocio a la vista?

No incluye un plan de arborización o de impacto positivo para el ambiente, al momento del reemplazo de los postes. No se fija un monto exacto en la norma que deberán pagar los concesionarios que utilicen la infraestructura diseñada para el plan del soterramiento.

Se establece una tasa de 0.5% aplicable en la facturación mensual de los servicios de telecomunicación básica local, nacional, internacional, de comunicaciones personales, telefonía móvil celular, de transporte de telecomunicaciones, y de televisión pagada, pero solo a los clientes, es decir al pueblo. El proyecto impone una carga a la clase popular y a la media, adicional al pago de los tributos, que están pagando en un país en donde gravita un alto costo de la vida.

Se establece una tasa a perpetuidad, mientras que el soterramiento tiene un término para su conclusión. El proyecto no define los beneficios que tendrán los que tributarán por la tasa impuesta ni por el soterrado proyectado.

Finalmente comento que, de convertirse en ley de la República el proyecto de marras, el Pleno de la Corte tendrá que definir si es constitucional o no la norma, ante la demanda de inconstitucionalidad que se interpondría, debido a que la Asamblea Nacional sí puede establecer tasas pero esta solo se ha de implementar como tributo por el disfrute de ciertos servicios o por ejercicio de ciertas actividades, que no es el caso que nos ocupa.

Doctor en Derecho.

 

Venta de terrenos en la Zona Libre

Algunas personas, de las cuales respetamos sus opiniones, que se oponen a la venta de los terrenos de la Zona Franca a fin de que un porcentaje de esos ingresos que establezca la ley se invierta en la provincia de Colón para financiar la construcción de obras públicas sociales y se implementen proyectos y programas que atiendan los graves problemas que desde hace tiempo tiene Colón y que no han podido ser resueltos por las administraciones gubernamentales, han planteado otras propuestas diferentes a la venta de los terrenos.

Estas señalan que por qué razón los cánones de arrendamiento que en concepto de alquileres cobra la administración de la Zona Libre, no se establece un porcentaje de esos ingresos que se produce en este concepto para la provincia a fin de resolver su problemática social y no se vendan los terrenos del área franca.

Frente a esta propuesta debemos señalar que estos ingresos provenientes del canon de arrendamiento, tendrían que remitirse al presupuesto general del Estado que administra el MEF, el cual tiene lo que nosotros llamamos una “caja común” donde van todos los ingresos que se generan por parte de los ministerios, entidades oficiales, es decir por todo el aparato gubernamental, y después de ingresados deberían ser reembolsados en el porcentaje que fije la ley a la provincia, para que cumplan con su fin, el cual debe ser reinvertirlo en Colón para solucionar los problemas sociales.

Teóricamente esta propuesta se entiende lógica, factible y realizable, pero lamentablemente, la experiencia que hemos vivido no ha sido así y para muestra un ejemplo, en la actualidad existe una ley que mandata que los ingresos provenientes del impuesto inmueble que se restauren en la provincia de Colón sean entregados al Municipio de Colón y esto no se ha cumplido.

La misma suerte correría la propuesta formulada por las personas que plantean la misma. Téngase claro que los ingresos que se depositan en el erario público difícilmente se remiten a otras instituciones públicas, muy difícilmente se cumple con el compromiso, a pesar de que exista una ley que lo obligue, por ello resulta peligrosa esta propuesta. Entiéndase, una vez los ingresos entran al presupuesto central los mismos son comprometidos en otros proyectos que no van a ser precisamente los de Colón.

Abogado.

 

Boquete cumple 101 años de fundado

Los hechos históricos muestran que la verdadera fundación de Boquete no se inició en 1911. Sus primeros habitantes eran indígenas que vivían en esas regiones montañosas de Chiriquí. En estas tierras existía el dominio de guerreros guaimíes con el apoyo del cacique Urracá, con quien mantenían una amistad los caciques Barú y Dolega, quienes les hicieron fuertes batallas a los españoles. Estos hechos dieron a conocer la noticia de un lugar fresco y agradable cerca al volcán Barú.

En 1907, Boquete se componía de unos cuantos caseríos, entre ellos: Alto Lino, Bajo Boquete, Quiel, Bajo de Monos, Los Naranjos, Jaramillo y Palos Bobos (actualmente Palmira), que formaban parte del Municipio de David. Debido a la difícil comunicación entre David y Boquete, los moradores pidieron a las autoridades la creación del distrito, la cual se concretó por medio de la Ley 20 del 17 de enero de 1911, el presidente de Panamá la época, Pablo Arosemena, le correspondió sancionar la ley.

Es lamentable ver como al cumplirse ayer 101 años de fundación, en Boquete sitios de mayor atracción turística han sido olvidados. El Parque de las Madres es un sitio muy especial, pero lo triste es ver la condición en que se encuentra y quienes transitan (indígenas) forman peleas que deterioran la visión turística del lugar. El viejo tren en el sector donde se encuentra el Municipio está olvidado.

Pero lo triste de esto es ver que no existe ningún monumento a los soldados de Coto, quienes durante el conflicto bélico de 1921 defendieron al Istmo de las agresiones costarricenses. Es evidente que pareciera que en Boquete no existe nadie que pueda enaltecer el idealismo histórico de hombres y mujeres que forjaron una población.

Periodista.