Demanda a Chevron en Ecuador
En una demanda medioambiental entablada por abogados de algunos habitantes de la Amazonia, una corte ecuatoriana el año pasado emitió una sentencia por 18 mil 200 millones en contra de Chevron. Los abogados de los demandantes y las ONG que los apoyan han llevado a cabo una campaña de relaciones públicas y prensa; por ejemplo, el titular principal de su sitio web afirma: “Durante más de tres décadas de explotación petrolera en la Amazonia de Ecuador, Chevron ha derramado miles de millones de galones de desechos tóxicos en las redes fluviales”.
En este titular existen por lo menos cinco problemas que se deben aclarar: Chevron jamás ha explotado ni una sola gota de petróleo en el Ecuador; la única compañía que ha perforado y derramado petróleo desde 1992 ha sido la empresa estatal ecuatoriana, a la que los demandantes se han comprometido a no denunciar; los 18 mil 200 millones de dólares fueron otorgados, no como resarcimiento por daños a la salud causados, sino básicamente para financiar la remediación ambiental. Cualquiera que sea el trabajo pendiente, no podría ni remotamente acercarse a los mil millones de dólares, y peor aún a los 18 mil millones de dólares.
Chevron, en repetidas ocasiones, ha declarado que está abierto a un diálogo constructivo para resolver la controversia jurídica y para beneficiar a los habitantes de la Amazonia, pero de ninguna manera puede estar abierto a la extorsión judicial. Conocí esta información solo después de que los abogados de los demandantes este año solicitaran a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que dictara medidas cautelares en las que se pedía al Ecuador defenderse de una “grave y urgente” amenaza para la salud y otros derechos humanos. La amenaza supuestamente surgió de una orden emitida por un tribunal de arbitraje internacional, convocado en virtud del Tratado Bilateral de Inversiones entre Ecuador y Estados Unidos, que ordenó al Ecuador suspender la ejecución de la sentencia por 18 mil 200 millones de dólares, a la espera de la resolución del tribunal sobre la denuncia de Chevron (una de las varias demandas) de “fraude” en la sentencia emitida por la corte ecuatoriana.
Chevron me pidió ayudar a la compañía en la presentación de un “amicus curiae” ante la Comisión, en oposición a la solicitud de los demandantes. Los denunciantes no lograron convencer a la Comisión; la organización de la OEA les pidió presentar pruebas. Sin la presentación de tales pruebas, la Comisión informó que cerraría el caso. Aquellos respondieron retirando su solicitud.
Mientras tanto, junto a James Crawford y los abogados que representan a Chevron ante el tribunal de arbitraje, firmé ante la Comisión el “amicus curiae” y un apéndice posterior. Estos alegatos presentaron pruebas obtenidas en los correos electrónicos y declaraciones de los abogados de los demandantes, así como en las tomas no utilizadas de un documental que habían encargado hacer (todo este material fue obtenido por Chevron por orden de la corte), que confirmaban que algunos abogados de los demandantes (no todos) habían cometido fraude ante la justicia.
Esos abogados se reunieron secretamente con el juez del caso. Para comprar su silencio, en secreto le pagaron miles de dólares para luego defender públicamente su informe “independiente”, antes de ser finalmente descubiertos.
La invención resultante carece de toda credibilidad. Por ejemplo, aún luego de que el experto en salud pública de los propios demandantes admitiera que “no llegó a la conclusión de que las necesidades en salud de la población en el Oriente guardan relación con ningún daño ambiental específico”, la sentencia ordenó a Chevron pagar mil 400 millones de dólares para financiar programas de salud pública, sin una sola justificación presupuestaria.
En cuanto al juez, cuya firma adorna la sentencia, el Consejo de la Judicatura del Ecuador recientemente lo destituyó de su cargo por un “error judicial inexcusable” cometido en otro caso, en circunstancias que claramente permiten suponer la existencia de corrupción.
En una carta abierta a la comunidad de derechos humanos expuse estas preocupaciones con detenimiento. No podemos reivindicar los derechos humanos si al mismo tiempo los estamos quebrantando. El fin (pago de indemnizaciones) no justifica los medios (procesos judiciales falsos).
Profesor de Derecho en la Facultad de Derecho en la Universidad de Notre Dame.
