Día de los pueblos indígenas
Mediante la Resolución 48/163 de 21 de diciembre de 1993 las Naciones Unidas proclamó el decenio internacional de las poblaciones indígenas del mundo, el periodo entró a regir el 10 de diciembre del año siguiente. El documento también consignó que un día de cada año se declarará “Día Internacional de Pueblos Indígenas”. Esto se concretó por medio de la Resolución 49/214 de 23 de diciembre de 1994, que determinó el 9 de agosto para tal distinción mundial. Además el primer documento estableció entre sus puntos más importantes “que la meta del Decenio es el fortalecimiento de la cooperación internacional para la solución de los problemas con que se enfrentan los pueblos indígenas en cuestiones tales como los derechos humanos, el medio ambiente, el desarrollo, la educación y la salud.” Dentro de esas recomendaciones de la ONU a los países miembros, Panamá no cumplió en la mayoría de las áreas señaladas. Así lo reveló el segundo Informe del Programa de las Naciones Unidas (PNUD) sobre El Desarrollo Humano en Centroamérica y Panamá. El informe destacó la falta de equidad en la distribución de los recursos entre los habitantes de las zonas rurales e indígenas, la falta de espacios para que los grupos minoritarios puedan expresar sus ideas, poco acceso al agua potable y a la salud y la notoria desigualdad de oportunidades, que se reflejan en la discriminación y marginación de los mismos en la sociedad.
En su afán de que los indígenas mejoraran sus condiciones de vida superando todo tipo de obstáculos que impliquen exclusión en una sociedad heterogénea, las Naciones Unidas aprobó la nueva Resolución 59/174 de 20 de diciembre de 2004 por el cual se extendió un nuevo decenio(2004-2014). Esta vez se hizo énfasis en que “los Estados deberían, de conformidad con el derecho internacional, adoptar medidas positivas y concertadas para asegurar el respeto de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de los pueblos indígenas tomando como base la igualdad y la no discriminación, y reconociendo el valor y la diversidad de sus propias identidades, culturas y formas de organización social.”
No obstante, de lo que va ese segundo decenio, el Estado Panameño no ha dado muestras significativas en esa dirección.
Recordemos algunos de sus acciones que contradicen a la Resolución de la ONU.
En el 2004 se recrudeció el conflicto entre campesinos e indígenas por territorio en la región del Darién, en el año 2006 se registraron incendios en las comarcas de Kuna Yala y de Madungandi. Al año siguiente otro siniestro acabó con las viviendas de decenas de familias en Wargandi. En los tres casos, el gobierno asistió a los afectados por una semana, y no le dio seguimiento en la reconstrucción de las casas dejando solo a los indígenas. En 2008 se registró el conflicto en Charco de la Pava por un proyecto hidroeléctrico que amenazaba inundar terreno de los Ngabes, en 2009 el gobierno nacional desaloja violentamente a los Nazos y en 2010 indígenas son reprimidos en Bocas del Toro. Dos de estos casos fueron denunciados ante la Comisión Internacional de los Derechos Humanos.
Estos precedentes indican el no cumplimiento de parte de Panamá de los principios fundamentales recomendados por la ONU. Por consiguiente en estos días el Gobierno Nacional debe reevaluar su política hacia las poblaciones indígenas para honrar el compromiso adquirido en los foros internacionales.
