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Diálogo

Por: Redacción 08/10/2013

REDACCION / PANAMA AMERICA

El Ministerio de Salud (Minsa) ha convocado a un nuevo diálogo para elaborar el reglamento de la Ley 69. Cayendo en otra de las contradicciones de su desordenada postura, los dirigentes de los gremios médicos rechazan el diálogo que tantas veces reclamaron y han decidido demandar la ley. Las cambiantes posiciones de los gremios médicos revelan una vez más el trasfondo político que los lleva a la paralización de los hospitales y centros de salud públicos. La demanda judicial alargaría innecesariamente el conflicto que podría dilucidarse en la mesa de negociaciones. Mientras tanto, por la negativa al diálogo, aumentará la pérdida de citas médicas, tratamientos delicados, cirugías etc., y perjudicarán a los pacientes, víctimas directas de lo que se perfila como un atentado a los derechos humanos.

Los gremios médicos pueden levantar la huelga y recurrir a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para que se pronuncie sobre la constitucionalidad de la contratación de médicos no panameños. Con claridad meridiana, la Constitución establece que “es función esencial del Estado velar por la salud de la población de la República. La ampliación de la cobertura de la salud de las zonas apartadas constituye un deber constitucional insoslayable. Por otra parte, la Asamblea de Diputados sufrió la presión de los gremios para que los médicos extranjeros por contratar no posean condiciones salariales iguales a la de los médicos panameños. La Carta Política aclara este punto señalando “que a trabajo igual en idénticas condiciones corresponde siempre igual salario o sueldo, cualesquiera que sean las personas que lo realicen, sin distinción de sexo, nacionalidad, edad, raza, clase social, ideas políticas o religiosas”. Los gremios exigen diferentes condiciones salariales cuando no se puede hacer diferencias por nacionalidad, conforme al precepto constitucional. Otro artículo constitucional prohíbe la contratación de trabajadores extranjeros que puedan rebajar las condiciones de trabajo o las normas de vida del trabajador nacional, pero en el caso de los médicos extranjeros es a la inversa. La ley regulará la contratación de gerentes, directores administrativos y ejecutivos, técnicos y profesionales extranjeros para servicios públicos y privados, asegurando siempre los derechos de los panameños y de acuerdo con el interés nacional.

La demanda de inconstitucionalidad, si se presentara a la CSJ, tropezaría con la coherencia constitucional de la letra y espíritu de la Ley 69 aprobada en la asamblea y promulgada por el presidente de la República, Ricardo Martinelli. Cualquier otro aspecto que requiera precisiones más explícitas debería debatirse en la mesa de negociaciones en torno a su reglamento.

El análisis constitucional en materia de salud y trabajo demuestra que el gobierno cumple con un deber irrenunciable al aumentar la cantidad de médicos especialistas en las áreas apartadas donde los servicios de salud son insuficientes. La prioridad es que el servicio lo desempeñen médicos panameños, a partir del próximo año en mejoras salariales importantes en las zonas críticas. Si no se presentan postulantes a las plazas de acceso difícil, el Minsa puede contratar médicos no panameños. Los vacíos de la cobertura son creados por médicos nacionales, no por el Minsa. El resto es demagogia, politiquería, otro ejercicio desafortunado de oposición irracional.

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Jueves 13 de agosto de 2026