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Dictadores


REDACCION / PANAMA AMERICA

Los 80 años de prisión contra el general Efraín Ríos Montt ponen en el debate judicial las sentencias proferidas a dictadores militares de América Latina. La sentencia, aunque sometida a la apelación de la drástica medida, documenta la tendencia judicial de demandar un número de años más simbólico que real, dada que la mayoría de los enjuiciados están en avanzada edad y que, obviamente, difícilmente podrá cumplir la sentencia en su integridad cronológica.

En Argentina, los tribunales han dictado sentencias en firme contra militares octogenarios por un promedio de condenas que supera los 50 años, después que se anularan los indultos decretados por el gobierno de Carlos Raúl Menem. En el Perú el expresidente Alberto Fujimori es el centro de un debate de políticos, abogados penalistas y la opinión pública sobre la pertinencia de un presunto indulto presidencial que ha dividido a detractores del fujimorismo y seguidores del expresidente.

Las leyes penales castigan los actos de genocidio con sumo rigor, como un mensaje destinado a la extinción de las violaciones flagrantes de los derechos humanos. Desde las sentencias del Tribunal de Nuremberg, y las emitidas por la Corte de La Haya por el conflicto de Bosnia-Herzegovina, los delitos de genocidio se condenan con cárcel a perpetuidad o pena de muerte.

En el caso de Ríos Montt, las acusaciones se basan en asesinatos colectivos de campesinos indígenas en el contexto ideológico de la contienda subversiva. La defensa argumenta que no existen pruebas de que él dictó las órdenes, que pudieron efectuarse por decisiones de oficiales al mando de las tropas que en el terreno combatieron a los guerrilleros. La defensa presentará recursos ante la Corte Constitucional para que reexamine las pruebas y se pronuncie si Ríos Montt es responsable de los delitos que le imputan o si no existen pruebas que ratifiquen de la sentencia de 80 años de prisión.

Por otro lado, se interpreta en los medios legales que una condena no debe excederse de medio siglo y que, por la edad de Ríos Montt, un número de 10 años constituye cadena perpetua. Asimismo debaten otros juristas si por su ancianidad una sentencia de más años puede quedar en suspenso o en arresto domiciliario.

A la par del debate jurídico se desarrollan controversias de orden ideológico en la izquierda que exige una severa sanción basados en los restos de indígenas. La Corte Constitucional definirá el resultado del proceso que, por las circunstancias políticas en juego y la validez o invalidez del fallo por genocidio, interesa no solo a los guatemaltecos, sino a los defensores de los derechos humanos de distintas latitudes.

La incógnita se produce en medio de las negociaciones de paz entre el gobierno de Juan Manuel Santos y las Farc. Santos reitera que debe cesar la violencia interna y que los colombianos tienen derecho a convivir en forma pacífica, poniendo término a un conflicto de más de medio siglo de duración. Ya se yerguen objeciones adelantadas a la posibilidad de que el acuerdo político pueda llegar a interferir la competencia de los tribunales para juzgar en derecho a los subversivos imputados de asesinatos, terrorismo, torturas y secuestros.

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Viernes 14 de agosto de 2026