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Dilema en la OEA


REDACCION / PANAMA AMERICA

La asamblea extraordinaria de cancilleres para debatir la subsistencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha acentuado la división entre los Estados miembros que proponen su virtual disolución y los Estados miembros que apoyan su vigencia. Aparentemente, las divergencias surgen por la financiación institucional de la Comisión. Sin embargo, hay quienes aseveran que el debate, en realidad, forma parte de la estrategia en marcha para desmantelar la legitimidad de la OEA como institución representativa a nivel hemisférico.

Desde esa perspectiva, no existe duda de que la OEA perdería su razón de ser si no protege los derechos humanos, que constituyen la parte esencial de la Carta Democrática. Ciertamente, los informes y los fallos de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos arremolinan adhesiones y cuestionamientos, apoyos y rechazos, según coincidan o no con las orientaciones de los regímenes gubernamentales.

Si se revisan, objetivamente, los fallos de la Comisión, se apreciará que gran parte fueron iniciados por personas naturales que recurrieron a su fuero para reexaminar sentencias judiciales por transgresiones al debido proceso en una vasta casuística: discriminaciones por sexo, raza, religión, pensamiento; desbalance de la igualdad de género; violaciones del medioambiente; incompetencia de tribunales militares para tratar asuntos que debieron ventilar tribunales civiles; protección de minorías étnicas; defensa de la libertad de prensa, etc.

Hay países que consideran como interferencia inaceptable las intervenciones supranacionales de la Comisión y la Relatoría de la Libertad de Prensa de la OEA y amenazan con abandonar la entidad porque estiman que sus decisiones políticas en el ámbito nacional son irrevocables. Por ese camino, podrían también desafiliarse de la ONU y aislarse del marco jurídico de las instituciones tutelares de los derechos humanos.

Se han creado organismos paralelos a la OEA y a la integración económica regional y subregional para diluir sus fueros y potestades. No puede abolirse la creación de instituciones competitivas entre las entidades porque corresponden a decisiones soberanas.

La experiencia de la trayectoria de las instituciones grupales somete a prueba si se crearon como empresas de bombos mutuos o para preservar la pluralidad de sistemas ideológicos, tal como acontece en la ONU.

El Derecho Internacional Público reconoce que los Estados pueden elegir, sin intromisiones foráneas, su sistema político y económico y agruparse en la forma que consideren conveniente. Asimismo, esos Estados tienen el deber de no intervenir en los asuntos de los otros Estados, sino más bien cooperar constructivamente, no obstante, las diferencias de orden político.

Sin embargo, la Carta Democrática, que es el pilar de la OEA, obliga a los Estados miembros a organizarse con los procedimientos de la democracia representativa, que implica la vigencia irrestricta de los derechos humanos. El dilema no está en sobre quién recaen los aportes de financiamiento de la Comisión de los Derechos Humanos. El dilema de fondo estriba en el respeto de los Estados miembros a los postulados de la Carta Democrática. Panamá se adscribe a la Carta Democrática.

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Viernes 14 de agosto de 2026